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07/06/2024

Afip prorroga plazos para pagar impuestos: más tiempo para los contribuyentes

Afip prorroga plazos para pagar impuestos: más tiempo para los contribuyentes
Afip prorroga plazos para pagar impuestos: más tiempo para los contribuyentes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció este viernes la prórroga en los plazos para la presentación de declaraciones juradas y el pago de impuestos correspondientes a las Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2023.

La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución General 5516/2024, tiene como objetivo brindar más tiempo a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones fiscales.

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La prórroga aplica tanto a personas físicas como a sucesiones indivisas, según lo establecido en las Resoluciones Generales N° 975 y 2.151, incluyendo sus modificaciones y complementarias. También abarca a los sujetos alcanzados por la Resolución General N° 4.468, su modificatoria y complementarias, que regula el impuesto cedular.

El plazo para presentar el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2023 varía según la terminación de la CUIT de cada contribuyente.

Las nuevas fechas límites son las siguientes: para terminaciones de CUIT en 0, 1, 2 y 3, el plazo vence el lunes 26 de agosto; para terminaciones en 4, 5 y 6, el plazo es el martes 27 de agosto, y para terminaciones en 7, 8 y 9, el plazo vence el miércoles 28 de agosto. Una vez efectuada la presentación de la declaración jurada, el impuesto debe pagarse al día hábil siguiente según la terminación de la CUIT: 29, 30 y 31 de agosto, respectivamente.

En cuanto al impuesto cedular o a la renta financiera, que se presenta de manera anual y se aplica sobre ingresos financieros generados durante el período, las fechas de vencimiento son las mismas que para Ganancias y Bienes Personales.

La presentación de la declaración jurada de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular se realiza a través de los servicios web de la Afip con clave fiscal correspondientes. Para el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto Cedular se utiliza el servicio "Ganancias Personas Humanas "Portal integrado", mientras que la presentación del Impuesto sobre los Bienes Personales se realiza mediante el servicio web "Bienes Personales Web".