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20/01/2023

La AFIP extendió el plazo de recategorización del monotributo: hasta cuándo tenés tiempo

La AFIP extendió el plazo de recategorización del monotributo: hasta cuándo tenés tiempo
La AFIP extendió el plazo de recategorización del monotributo: hasta cuándo tenés tiempo

La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para realizar la recategorización del monotributo.

A través de la Resolución General 5318/2023, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el organismo recaudador prorrogó hasta el día 27 de enero de 2023, inclusive, el plazo establecido para “cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2022″.

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¿Cómo saber si corresponde una recategorización?

Para evaluar si corresponde una recategorización se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Si los parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. Y el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización. En tanto, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Los nuevos topes de facturación de ingresos brutos anuales

  • Categoría A: $ 999.657 anuales o $ 83.305 por mes.
  • Categoría B: $1.485.976 anuales o $ 123.831 por mes.
  • Categoría C: $ 2.080.367 anuales o $ 173.363 por mes.
  • Categoría D: $ 2.583.720 anuales o $ 215.310 por mes.
  • Categoría E: $ 3.042.435 anuales o $ 253.536 por mes.
  • Categoría F: $ 3.803.043 anuales o $ 316.920 por mes.
  • Categoría G: $ 4.563.652 anuales o $ 380.304 por mes.
  • Categoría H: $ 5.650.236 anuales o $ 470.853 por mes.
  • Categoría I: $ 6.323.918 anuales o $ 526.993 por mes
  • Categoría J: $ 7.247.514 anuales o $ 603.959 por mes.
  • Categoría K: $ 8.040.721 anuales o $ 670.060 por mes.

¿Cómo hacer el trámite?

En caso de que corresponda realizar la recategorización, deberán ingresar al sitio de AFIP con número de CUIT/CUIL/CDI y clave fiscal.

A continuación, deberán seleccionar la opción “Recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.

Al seleccionar la opción “Continuar recategorización”, deberán ingresar información correspondiente al monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente, que deberá ser confirmada por en la opción “Confirmar categoría”.

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