CAUSA VIALIDAD

| 06/12/2022

Cristina Kirchner fue condenada a 6 años de prisión y quedó inhabilitada para ejercer cargos públicos

Cristina Kirchner fue condenada a 6 años de prisión y quedó inhabilitada para ejercer cargos públicos

El Tribunal Oral Federal N° 2, integrado por los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, condenó a Cristina Fernández de Kirchner a 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. Es por defraudación al Estado en la causa Vialidad.

Esta causa investiga si, durante los años de mandato del kirchnerismo, entre 2003 y 2015, hubo un direccionamiento de la obra pública de Santa Cruz en favor del empresario Lázaro Báez. La expresidenta fue acusada de ser la jefa de una asociación ilícita en concurso real con el delito de administración fraudulenta agravada que defraudó al Estado en millones de pesos.

El fallo se leyó desde los tribunales federales de Comodoro Py. Los mismos cuentan con un fuerte operativo de seguridad, con 200 policías de la Federal. Es de manera preventiva, a causa de las movilizaciones en la zona.

Según se expuso en el veredicto, también se condenó a Báez a la pena de seis años de prisión por considerarlo partícipe necesario del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.

En el caso del exsecretario de Obras Públicas, José López, la condena fue de seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del erario público.

Asimismo, se condenó a Mauricio Collareda a 4 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. A Raúl Osvaldo Daruich se le dictó la pena de 3 años y seis meses de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por el mismo delito.

Por otra parte, el Tribunal absolvió a la vicepresidenta, a Báez, López y a Nelson Periotti del delito de asociación ilícita.

Finalmente, se decidió absolver a Julio De Vido y a otros acusados, de acuerdo con el artículo 530 del código procesal de la Nación, en la investigación por la administración de la obra pública en Santa Cruz.

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