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13/11/2022

Qué es "La Hora Silenciosa” que habilitó Río Negro para los grandes comercios

Rige la acción para satisfacer las problemáticas de las personas con trastorno del espectro autista.
Qué es "La Hora Silenciosa” que habilitó Río Negro para los grandes comercios
Qué es "La Hora Silenciosa” que habilitó Río Negro para los grandes comercios

Quienes tengan hijos o familiares con autismo o quienes convivan con personas con esta condición sabrán las grandes dificultades que existen en asistir a lugares que se adaptan muy poco a sus necesidades.

Tomando en cuenta esta situación, la Legislatura provincial promovió una protección quedando vigente una norma, y que recientemente fue promulgada en el Boletín Oficial de Río Negro.

Se trata de la Ley Nº 5.608 por la que se implementa en el ámbito de la Provincia de Río Negro “La Hora Silenciosa”, a los fines de garantizar el derecho a la inclusión y a una protección social integral de las personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA), y otros Trastornos o Condiciones Generalizadas del Desarrollo, que concurren a hipermercados, supermercados centros comerciales, ferias y otros espacios que por la extensión de su superficie y la afluencia de público sean incluidos por la autoridad de aplicación.

Se entiende por "Hora silenciosa" la merma significativa en la
intensidad de las luces y los ruidos durante un lapso determinado, y la norma establece que la autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud en conjunto con el Consejo Consultivo.

Por este motivo, la autoridad de aplicación debe establecer los días y horarios de la hora silenciosa procurando como mínimo, ciento veinte (120) minutos repartidos en dos (2) jornadas de lunes a viernes, y sesenta (60) minutos los sábados y domingos.

Los espacios comerciales deben cumplir con las siguientes disposiciones:
Contar con al menos dos (2) protectores auditivos certificados por autoridad competente para las personas con trastorno del espectro autista u otros similares que lo soliciten. Ubicar, en un lugar visible, un cartel informativo donde consten, en forma clara y precisa, los días y horarios de la hora silenciosa y toda otra información que sirva a los objetivos de la presente ley. Capacitar al personal para que pueda atender específicamente a personas con trastorno del espectro
autista u otros similares y para que pueda implementar y cumplir las acciones que deben llevarse a cabo durante la hora silenciosa.

Los espacios comerciales que incumplan esta ley son pasibles de sanciones en este orden: apercibimiento, multa y clausura. Las sanciones deben aplicarse previo sumario que garantice el derecho de defensa.

La ciudad de Viedma tiene desde hace bastante tiempo una ordenanza que impulsa este beneficio, y a los efectos prácticos, se sabe que una sola gran superficie comercial cumple con la regla.

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