08/11/2022

Una venta de autos en la mira: negó la devolución de un plan de ahorro y la Justicia ordenó una indemnización

Deberán pagarle al comprador cinco veces el valor actualizado de la cuota

Una venta de autos en la mira: negó la devolución de un plan de ahorro y la Justicia ordenó una indemnización

Un hombre de Viedma pagó la primera cuota de un vehículo 1.6 y un depósito para reservarlo a una empresa de planes de ahorro, sin embargo, sin su consentimiento fue incluido en un plan de 120 cuotas que nunca autorizó. Tras advertir la situación solicitó que le devuelvan su dinero.

Lo hizo por distintos medios. Incluso en el área de Defensa del Consumidor. Finalmente, tras varios reclamos le restituyeron el depósito, pero no el pago de la primera cuota. Tras agotar diversas vías, interpuso una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de esta capital.

En ese ámbito, se explicó en el fallo que la relación contractual que vincula a las partes encuadra en una relación de consumo en términos de los artículos 42 de la Constitución Nacional y 1092 del CCCN;

En ese marco, el artículo establece que “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno”.

La empresa de planes de auto ahorro no se presentó a ejercer su defensa, ni a negar los hechos expuestos por el demandante, habiendo tenido la oportunidad de hacerlo.

Ese fuero aclaró en su fallo; “el derecho a la información de la parte consumidora constituye la columna vertebral de las relaciones de consumo. Los consumidores tienen el derecho subjetivo a tener el conocimiento necesario para poder juzgar por adelantado tanto las características del producto o servicio que adquieren o contratan, como a conocer los riesgos de uso o consumo y las medidas que deben adoptar para evitarlos o, en su caso, para hacer efectivo un reclamo”.

De esta manera, ordenó a la empresa abonar 123.000 pesos, de los cuales 28.000 son por el costo actualizado de la cuota, 25.000 por daño extra patrimonial y 70.000 por daño punitivo. En la práctica, a valores actualizados, deberá abonar cinco veces más el costo de la cuota que se negó a devolver.

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