05/10/2022

Un comerciante de Viedma fue demandado por deuda y fue declarado culpable: cuánto tendrá que pagar

Luego de que se escuchara a las partes y se estudiara el caso, se resolvió por proceso de menor cuantía.

Un comerciante de Viedma fue demandado por deuda y fue declarado culpable: cuánto tendrá que pagar

Esta es una historia de esas que se repiten décadas tras décadas en el rubro comercial. En esta puntual, comienza con el pedido del dueño de un local de ropa de Viedma a una fábrica textil para que le confecciones 82 prendas. Luego de terminadas, se las enviaron, pero nunca fueron pagadas.

Esto llegó a que se inicien reclamos de palabra, por teléfono, pero nada de eso sirvió para que la deuda sea salda. Ante esto, la parte afectada inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Viedma.

Vale remarcar la relación comercial de ambos llevaba muchos años, según se explicó en la presentación. El fabricante le proveía prendas de vestir, esencialmente camisas de alta costura, que regularmente eran comercializadas al público en general.

Dada la frecuencia y el trato, la comercialización era por encargue. La indumentaria era enviada en un transporte para ser vendida en el local, con la opción de cancelar la deuda a los 90 días, como para que el vendedor tenga tiempo de vender el productor. “Generalmente, esta oportunidad implicaba una nueva solicitud de mercadería, ajustada a la nueva época del año”, indicaron.

El fabricante relató que la última vez, a pesar del cumplimiento de su parte en la confección y remisión de la mercadería, el dueño del negocio omitió el pago del total de los productos, desoyó los reclamos que reiteradamente le efectuó y quedó un saldo sin pagar. Ya en el expediente, el dueño del comercio negó la deuda reclamada, manifestó que había pagado todo y que parte de la mercadería había sido devuelta.

El Juzgado se declaró competente “en razón a la materia, a la pretensión y el monto reclamado”. Primero se intentó una audiencia de conciliación, que no logró acuerdos. El fabricante presentó una factura, que no fue cuestionada por el demandado. Tampoco desconoció la operatoria comercial, ni el recibo de la mercadería, ni desconoció que tenía un saldo deudor como consecuencia de la relación con la parte actora, sino que se limitó a expresar que ese saldo fue cancelado mediante la emisión de 5 cheques.

“Toda vez que de la prueba aportada surge que la actora probó con la documental presentada la existencia de la operatoria comercial y de la deuda y que la parte demandada no aportó ninguna prueba que permita desacreditar la existencia de esta, entiendo que debo hacer lugar a la demanda”, expresó la jueza.

Luego de escuchar a las partes, de investigar el caso, se condenó al dueño del local a pagarle al fabricante la suma de 145 mil pesos. En ese monto se incluye los intereses por el monto del reclamo.

Vale aclarar que las acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz. El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.

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