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22/04/2022

Insólita batalla judicial por una cámara de seguridad privada en una calle de Viedma

Insólita batalla judicial por una cámara de seguridad privada en una calle de Viedma
Insólita batalla judicial por una cámara de seguridad privada en una calle de Viedma

Dos vecinas de esta ciudad generaron trabajo extra a los funcionarios del Ministerio Público Fiscal (MPF) de esta ciudad con motivo del funcionamiento de una cámara de seguridad instalada en un domicilio de Rivadavia al 600.

Las controversias se iniciaron en 2020 cuando una de las mujeres se presentó ante el organismo solicitando que  se desactiven y secuestren de manera urgente las cámaras orientadas directamente a su propiedad privada porque se siente vigilada.

Una que filma y vigila los límites e interior de su terraza, y otra monitorea y registra las 24 horas por siete días los movimientos de la puerta de entrada y salida de su hogar, violentando –según su postura- todos sus derechos convencionales y constitucionales (basándose en el artículo 21° de la Constitución de Río Negro).

También denunció violencia contra la mujer (Ley Nacional Nº 26.485),  hostigamiento y acoso, que se cite al verdadero titular de la vivienda donde están las cámaras –ya que la ocupante sería inquilina- y a los técnicos de la empresa que la instalaron.

Quien se consideró damnificada por el supuesto accionar de esos equipos visuales también planteó que raíz de sus presentaciones fue perseguida por el conductor de un automóvil en ese sector de la ciudad el 25 de agosto pasado.

En el extenso expediente figura que la mujer se vio obligada a colocar “chapas defensivas” para que no la sigan espiando.

El MPF instruyó al Gabinete de Criminalística para que el 21 de noviembre pasado inicie una investigación.

Luego el personal especializado registró que las cámaras se encuentran ubicadas dentro de la propiedad de la vecina de la denunciante, por lo tanto el MPF concluyó en que “resulta inadmisible la solicitud planteada por la denunciante respecto a la desactivación  y su posterior secuestro” porque cubren el domicilio ajeno y que “no es de propiedad de la denunciante”.

En el extenso expediente por el cual recientemente se desestimaron las denuncias se observa que “no hay una ley en nuestra provincia que regule los sistemas de vigilancia y si bien a lo largo del territorio nacional está regulada por ley, ésta no se encuentra reglamentada.

Por otra parte, los funcionarios analizaron el supuesto delito de violación de domicilio. Sin embargo,  advirtieron que “la acción típica consiste en entrar en un domicilio ajeno contra la voluntad expresa o presunta de quien resulte titular del derecho de exclusión con relación a ese domicilio”, y según la Justicia éste no es el caso.

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