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COVID 19

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31/12/2021

Récord de contagios: ¿Cuáles son los nuevos requisitos para ingresar a Argentina?

Récord de contagios: ¿Cuáles son los nuevos requisitos para ingresar a Argentina?
Récord de contagios: ¿Cuáles son los nuevos requisitos para ingresar a Argentina?

El Gobierno estableció nuevos requisitos para el ingreso de personas a la Argentina. Lo hizo a través de la Decisión Administrativa 1316/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Es debido al importante incremento del número de casos de Covid positivo en Argentina en los últimos días. Esta serie de nuevos requisitos migratorios son con el objetivo de intensificar el control de los protocolos sanitarios vigentes para el arribo de pasajeros al país.

Previo al inicio del viaje, los operadores de medios de transporte - aéreo, fluvial y marítimo - de pasajeros internacionales deberán (sin excepción) comprobar que el pasajero haya declarado el cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.

El personal de estas empresas también tendrá que verificar los datos de la documentación sanitaria que se les exhiba al embarque, y podrá negarle al viajero la posibilidad de abordad si no cumple con todos o alguno de los siguientes requisitos:

1) Declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones, completada al menos 48 horas antes del inicio del viaje sin observaciones del control sanitario.

2) Prueba PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje, consignando en la declaración jurada la fecha de toma de la prueba realizada, el laboratorio que lo respalda y el resultado negativo, sin acompañar el documento en formato digital.

3) Certificado que acredite haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país o de su exención, que también deberá figurar en la declaración jurada, sin necesidad de acompañar el mencionado certificado en la declaración.

4) Seguro de salud COVID-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

Indicaron en la disposición que “toda la documentación que se presente al momento del embarque y que se exhiba durante la estadía en el país tendrá carácter de declaración jurada, y su falseamiento u omisión de información darán lugar al inicio de las correspondientes acciones penales”, que caerán sobre las personas y no sobre las líneas aéreas o a los operadores de transporte ni terceros.

Una vez en el territorio nacional, los pasajeros deberán portar, durante los 14 días posteriores a su arribo, la documentación que dé cuenta del cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos.

Por último, todos los mayores de 6 años de edad que hayan acreditado estar vacunados con una parte o todo el esquema, de acuerdo al país de origen, “deberán practicarse una prueba diagnóstica de SARS-COV-2 entre los días tercero a quinto de su llegada” al país, y abstenerse durante ese periodo “de concurrir a eventos masivos y/o reuniones sociales en espacios cerrados”.

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