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20/08/2021

JUNTOS SOMOS RIO NEGRO

VIEDMA, 15 de agosto de 2021.-

VISTO: Lo resuelto mediante la Asamblea del 24 de abril del 2021 en la cual se resuelve habilitar la convocatoria a elecciones internas en los Municipios de Rio Negro que compulsen en las distintas elecciones a desarrollarse en el corriente año; y

CONSIDERANDO: Que en fecha 14 de noviembre se desarrollaran las elecciones legislativas nacionales generales para la renovación de bancas legislativas.  Que en esa misma fecha, se desarrollaran simultáneamente elecciones en el ámbito de la provincia de Rio Negro, para la renovación de distintos cargos municipales. Que los municipios de Coronel Belisle, General Enrique Godoy, Sierra Colorada, Chichinales ya han convocado a elecciones adhiriendo a la fecha antes consignada. Que sin perjuicio de estos cuatro municipios, la presente resolución se hace extensiva a todos aquellos que convoquen a elecciones en sus localidades a desarrollarse en fecha 14 de noviembre del corriente año, para la elección de Concejales titulares y suplentes e integrantes del tribunal de cuentas titulares y suplentes y/o cualquier otro cargo en la fecha señalada.

LA MESA EJECUTIVA

DE JUNTOS SOMOS RIO NEGRO

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Convocar a elecciones internas a los afiliados de Juntos Somos Río Negro a elecciones a realizarse el día 17 de septiembre del 2021, de 8.00 a 18.00 horas, para la nominación de los afiliados y/o extrapartidarios que representarán al Partido, ya sea en forma individual o en alianza electoral transitoria, en los comicios a realizarse en las localidades de Coronel Belisle, General Enrique Godoy, Sierra Colorada, Chichinales y/o cualquier otro municipio que adhiera a las elecciones simultáneas del día 14 de noviembre del año 2021.

Artículo 2º: Encomendar a la Junta Electoral Partidaria la confección del cronograma completo para dicha compulsa, como asimismo la designación de los Presidentes de Mesa y el lugar de votación, la que deberá determinarlo en el acto de oficialización de listas.

Artículo 3º: Las listas deberán presentarse hasta el día 11/9/2021 en la sede de la Junta Electoral respetando las calidades y requisitos exigidos en las respectivas Cartas Orgánicas y demás previsiones dispuestas en el Código Electoral.-

Artículo 4º: Los avales para la presentación de listas de candidatos serán del dos por ciento (2%) del padrón definitivo de afiliados -correspondiente a la localidad- para la totalidad de la lista de candidatos y deben ser certificadas por ante la Junta Electoral, autoridad certificante del partido o autoridad competente.

Artículo 5º.- La Junta Electoral es la autoridad en los comicios y en el escrutinio, funcionará en calle Ceferino Namuncura n° 124 de la ciudad de Viedma, donde recepcionará los avales y toda aquella documentación referida a la elección interna, conforme lo establece la C.O. La Junta Electoral publicará sus resoluciones en la página web www.jsrn.com.ar.

Artículo 6º.- Estarán habilitados a suscribir avales y votar en las elecciones los afiliados al partido que se encuentren incluidos en el padrón electoral definitivo de la localidad correspondiente que apruebe la Junta Electoral tomando como base el confeccionado por la Justicia Federal con competencia electoral en el Distrito Río Negro.

Artículo 7º: Comuníquese a la Junta Electoral Partidaria, publíquese el edicto correspondiente y luego comuníquese a la Junta Electoral Municipal/Tribunal Electoral competente en los términos de ley.

Resolución Nº …./2021.-

Alberto Weretilneck -  Presidente

Pedro Pesatti   -  Vicepresidente