Atención al público: Embarazadas, discapacitados y más 60, estarán primero
Ya rige en el ejido de la ciudad, una norma que establece la obligatoriedad de otorgar prioridad de atención a mujeres embarazadas, personas con discapacidad y/o movilidad reducida, y mayores de 60 años en todas las reparticiones y establecimientos públicos sean de carácter municipal, provincial y/o nacional, como en todos los establecimientos privados que brinden atención al público a través de cualquier modalidad.
Quedan exceptuadas aquellas dependencias que en forma permanente o transitoria atienden trámites relacionados específicamente con las personas enunciadas precedentemente.
Todas las reparticiones y establecimientos públicos y privados deben arbitrar los medios necesarios a fin de propiciar una adecuada difusión de la norma. Tienen que exhibir la cartelería que indique que el lugar brinda atención prioritaria a las personas pertenecientes a estos grupos.
El Poder Ejecutivo Municipal debe instrumentar las medidas pertinentes, para garantizar la difusión presente, en todos los establecimientos
públicos y privados que presten atención al público.
Esta normativa, aprobada bajo el número 8.589, está fundamentada en que estos grupos de personas referidas necesitan del acompañamiento mediante el dictado de normativas que hagan necesario lograr la atención en establecimientos públicos y privados.
Actualmente, la prioridad de atención por las características es de orden moral, educativo, de buenas costumbres, y ocurre principalmente en reglas internas de buen trato en los supermercados y entidades bancarias
principalmente.
Muchas personas actúan solidariamente, pero también en algunas situaciones se detecta faltas de empatía y tolerancia en el trato a personas mayores, con discapacidad y mujeres embarazadas.
Otros argumentos estipulados en su aprobación el 15 de junio pasado en el Concejo Deliberante, destacan que “sabemos que hoy en día se realizan largas colas, donde nuestros ciudadanos deben estar a la intemperie cuando asisten a estos sitios”.
Aun cuando falta reglamentarla, se recordó que “si bien en el año 2020 se aprobó la Ordenanza N° 8449, donde se prioriza a los adultos mayores de 60 años con el horario de 11 a 13 para su atención, en este contexto actual de pandemia y donde las medidas de distanciamiento vigentes y necesarias extienden los tiempo de espera, dicha prioridad debe abarcar a mujeres embarazas y personas con discapacidad, y esto ser acompañado de concientización masiva”.
Esta nueva ordenanza prevé que en los lugares públicos haya cartelería para difundir su contenido en favor de estos grupos.