Covid 19: no cerrarán las oficinas de la administración provincial
Aun cuando la ola de Covid 19 se está metiendo en las casas, y hay empleados públicos contagiados, no hay decisión sobre el cierre de algunas oficinas públicas provinciales.
Por ahora las disposiciones que existen están orientadas a dividir los grupos de trabajo, según pudo saber Noticias Net.
Uno de los puntos importantes, es que hay recaudos como para sostener el trabajo presencial, y además está vigente la alternativa del remoto.
En marzo, la presencialidad total en el Ejecutivo volvió con algunos protocolos mínimos, herramientas de protección de la salud de las y los agentes, que establecen medidas de seguridad y salubridad ya conocidas, y aplicadas desde el principio de la pandemia para el retorno al trabajo presencial.
Dispensas de concurrir al trabajo en forma presencial
Aquellas personas que integren grupos de riesgo por afecciones de salud deben concurrir con la historia clínica a la Oficina de Recursos Humanos del organismo empleador y es la Junta Médica que corresponda según la jurisdicción, el organismo competente para determinar si corresponde o no la dispensa y la duración. Las personas que utilicen la dispensa deben realizar trabajo remoto.
Las afecciones de salud son las siguientes: Pacientes oncológicos; personas con insuficiencia renal crónica en diálisis; personas con enfermedades respiratorias crónicas; adultos con síndrome de down; pacientes con enfermedades cardíacas; personas inmunosuprimidas; personas con obesidad con un IMC ≥ 35 kg/m2; personas embarazadas; pacientes con diabetes.
Aquellas personas que son mayores de 60 años, se distinguen en dos grupos: por un lado quienes presenten alguna afección de salud de las listadas en el punto anterior y, por el otro, las personas que no poseen afecciones de salud.
El primer grupo debe proceder de igual forma ante recursos humanos y cada caso es decidido por la Junta Médica que corresponda. En el segundo caso, pueden regresar a trabajar con certificado médico y declaración jurada.
También hay una dispensa para las y los trabajadores que tienen a su cargo niñas o niños en edad escolar, únicamente en niveles maternal, inicial o primario. Para solicitar la dispensa deben presentarse una declaración jurada con los datos del niño o niña, del establecimiento educativo y el régimen de presencialidad de la institución. En el caso de que un trabajador o trabajadora utilice esta dispensa, tiene que hacer trabajo remoto o concurrir en contraturno de acuerdo a las necesidades del servicio.
En el caso de las personas que se hubieren contagiado de COVID-19 y, que hayan obtenido el alta de dicha enfermedad, tienen que presentarse a trabajar en forma normal y habitual, presentando el alta médica.
En el caso de aquellos y aquellas trabajadoras que cuenten con constancia de vacunación contra la enfermedad Covid-19, pertenezcan o no a los grupos de o sean mayores de 60 años, deben retornar a su trabajo presencial, normal y habitual.
Turnos rotativos, contraturnos, trabajo remoto
A la modalidad de trabajo remoto, se suman nuevas modalidades como turnos rotativos y contraturnos a implementarse en aquellos casos que necesiten hacer uso de las dispensas mencionadas, o bien cuando en las oficinas no cuenten con condiciones que garanticen la prevención ante el COVID-19.
Capacitación obligatoria en el IPAP
Todo el personal del poder ejecutivo tuvo que realizar una capacitación en el Instituto Provincial de la Administración Pública (IPAP) a fines de continuar capacitando a las y los agentes en las medidas que corresponde adoptar dentro de las reparticiones públicas.