Advierten que entidades financieras no pueden descontar por IFE
Las personas, alcanzadas por el Decreto 310/20 del Gobierno Nacional, que recibieron el ingreso familiar de emergencia no pueden sufrir descuentos. Así lo estableció el Banco Central por comunicación B 11996/20.
Defensa del Consumidor de la Provincia ya detectó casos de incumplimiento por denuncias realizadas de ciudadanos afectados sobre las cuales se está trabajando para que se proceda con la devolución.
Las entidades financieras no pueden realizar ningún tipo de descuento y deben reintegrar los efectuados en forma indebida a personas beneficiarias de las transferencias efectuadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
El Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), instituido mediante el Decreto 310/20 del Poder Ejecutivo Nacional, tiene carácter netamente alimentario y no corresponde deducir de ese beneficio ningún tipo de concepto, sea por operaciones concertadas con la propia entidad financiera pagadora o con terceros, tales como cuotas de préstamos otorgados con o sin código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario, débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios y otros conceptos, etc.
Para saber si te descontaron debes ingresar a la cuenta bancaria donde se realizó el depósito IFE. Es importante que se guarde el ticket de esa consulta, se saque una foto o se imprima el resumen de cuenta. Esta documentación es fundamental para iniciar el reclamo en Defensa del Consumidor.
Se puede denunciar vía web en www.defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar ó escribiendo a [email protected] presentando toda la documentación que corresponde.