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23/09/2019

Rige el nuevo decreto del Gobierno para los exportadores

Las empresas podrán cobrar reintegros una vez que ingresen las divisas al mercado financiero local.
Rige el nuevo decreto del Gobierno para los exportadores
Rige el nuevo decreto del Gobierno para los exportadores

 

El Gobierno busca establecer a través de un decreto que los estímulos a las exportaciones se produzcan luego de que las empresas ingresen las divisas al mercado financiero local.

Así lo dispuso a través del decreto 661, que además de las firmas del presidente Mauricio Macri lleva las del jefe de Gabinete Marcos Peña; el ministro de Hacienda Hernán Lacunza y su par de Producción y Trabajo Dante Sica.

"Establécese que el pago de los estímulos a la exportación previstos en la Sección X de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones estará sujeto a que los exportadores hayan previamente ingresado al país y/o negociado en el mercado de cambios las correspondientes divisas de acuerdo con la normativa vigente", dice la norma.

Si bien todo cobro de exportaciones debe ser liquidado a los 5 días de ingresado el pago o 180 días después del permiso de embarque (o 15 días corridos en el caso de los commodities), aunque se flexibilizaron con efectos retroactivos al 2 de septiembre los períodos de cobros de las ventas al exterior de bienes que se rigen por los permisos de embarque.

En agosto del año pasado, el Gobierno en medio de las dificultades fiscales dispuso una rebaja de reintegros para distintos productos, entre otros del agro.