28/10/2020

Procrear, los defectos de las casas deben constar en acta

Lenschow sostuvo que recién cuando les reparen las casas complemente y el adjudicatario esté satisfecho, deberían comenzar a correr los plazos legales.

Procrear, los defectos de las casas deben constar en acta

El titular de la Oficina Municipal de Informes al Consumidor, Fernando Lenschow, se refirió al reclamo de los adjudicatarios del programa Procrear y afirmó que “se entiende la necesidad del vecino, del sueño de la casa propia”.

En este sentido, en conversación con Noticias el representante de la Oficina de Informes afirmó que “atento a las manifestaciones públicas del Banco Hipotecario, que van a entregar las viviendas que están defectuosas.  Es mi obligación manifestarme como Titular de la OMIC”.

En este orden, añadió que “en estas circunstancia, si la casa tienen defectos, eso tiene que constar claramente en el Acta donde se entrega la vivienda”.

Además, “se asesora a los adjudicatarios sobre los plazos que garantiza la Ley  24.240 y del Código Civil y Comercial. Dichos plazos no deben comenzar a correr porque la casa se encuentra defectuosa”.

Y añadió que “recién una vez que el Procrear les repare la casas completamente y el adjudicatario se encuentre satisfecho, ahí debería empezar a correr los plazos”.

https://www.noticiasnet.com.ar/nota/2020-10-27-9-11-0-procrear-ahora-les-informaron-que-la-entrega-seria-en-diciembre

La Ley Nacional N.º 24240 tiene por objeto la defensa del consumidor o usuario. Es decir, se protege al usuario y consumidor final en el caso de bienes de consumo o servicio masivo, como compras en supermercados y comercios de lo más diversos, y servicios domiciliarios en general.

Ley

El consumidor es una de las partes más débiles del contrato, donde siempre es víctima de abusos y de injusticias por parte de los proveedores de servicios sean públicos o privados.

Con la reforma constitucional del año 1994, aparece la Ley 24240 de Defensa del Consumidor destinada a reglamentar los derechos de los consumidores plasmados en diversos artículos de la mencionada ley, ofreciendo una mayor protección frente a las conductas anticompetitivas de los mercados afectando sus intereses económicos, su dignidad y su buena fe al adquirir un bien o contratar un servicio.

Las viviendas en cuestión se encuentran en la ciudad de Carmen de Patagones, provincia de Buenos Aires.

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