13/08/2019

Oficializan la devolución del IVA para viviendas sociales

La Secretaría de Vivienda determinará los importes de los beneficios impositivos que le corresponde a cada contribuyente.

Oficializan la devolución del IVA para viviendas sociales

 

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó la resolución 719/2019 en el Boletín Oficial, donde oficializó la devolución anticipada de IVA para quienes llevan adelante la construcción de una vivienda social. En este sentido, la Secretaría de Vivienda determinará los importes de los beneficios impositivos que le corresponde a cada contribuyente en función de los proyectos presentados.

De este modo, desde el Gobierno garantizan el importe correspondiente a la devolución anticipada de IVA, por compras destinadas a inversiones en proyectos aprobados del “Régimen de Fomento de Viviendas Sociales”. Así, se garantizará el cómputo, acreditación o devolución de los créditos fiscales que le hayan sido facturados de acuerdo a la Ley  27.467.

De esta manera, para acceder a esta normativa implementada por el organismo de recaudación nacional, las personas interesadas deberán cumplir ciertos requisitos como poseer CUIT con estado activo; contar con el alta en los impuestos al valor agregado y a las ganancias; como así también declarar y mantener actualizado ante AFIP el domicilio fiscal.

Según la medida, será necesario que tengan actualizado el código de la actividad desarrollada, según el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) – Formulario N° 883”; que posean Domicilio Fiscal Electrónico constituido ante esta Administración Federal y no registrar incumplimientos de presentación de declaraciones juradas determinativas e informativas, a las que los responsables se encuentren obligados.

 

 

 

Te puede interesar
Ultimas noticias