02/07/2019

Condenan a 16 años a un camillero del Hospital Zatti por abuso sexual

Los hechos fueron contra las tres hijas de su ex pareja, entre los años 1997 y 2016; es decir, durante nueve años.

Condenan a 16 años a un camillero del Hospital Zatti por abuso sexual

Los jueces Carlos Reussi, Guillermo Bustamante y Daniela Zágari condenaron al camillero del Hospital Zatti Oscar Pedraza a 16 años de prisión efectiva, por el abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la responsabilidad de guarda de las tres hijas de su ex pareja, entre los años 1997 y 2016.

La Querella representada por Julia Mosquera había solicitado ese monto de pena, mientras que la fiscal Paula Rodríguez Frandsen había requerido 14 años.

La escala penal del delito va de 8 a 20 años. Para las abogadas, el único atenuante a favor de Pedraza era la falta de antecedentes penales.

El hombre que se desempeñó como camillero durante años fue condenado por tres hechos de abuso sexual aberrante, con una continuidad en el tiempo de nueve años.

En todos los casos, Pedraza estaba a cargo del cuidado de las niñas y se aprovechó de la confianza generada por la relación de amistad con la familia y de pareja con la madre.

Entre las pruebas que permitieron llegar al veredicto de culpabilidad y a la imposición de la condena, hubo pericias psicológicas y testimonios de distintos profesionales que concluyeron que las tres víctimas presentaron estrés pos trauma asociado a los abusos, con síntomas como la intrusión, la negación, el estado de ánimo negativo, la autoagresión, estados de hipervigilancia e hiperacionalización y la huida temprana del hogar.

Los hechos comenzaron en 1997 cuando la mayor de las hermanas tenía cinco años de edad, y se prolongaron hasta 2016 con la menor.

Durante el alegato en el que pidió 16 años de prisión, la abogada Mosquera planteó que los efectos del abuso "son marcas que ellas van a tener siempre y con las cuales van a tener que convivir; por eso hablamos de víctimas de abuso sexual infantil como sobrevivientes".

Apuntó finalmente: "Para graduar la pena se tiene que tener en cuenta el tipo de ilícito, que es uno de los más aberrantes, que destruye de manera definitiva la inocencia de las niñas, que afecta de manera irreparable el desarrollo psicosexual, la libertad, la autodeterminación, la percepción de su cuerpo; donde se roba un momento que es único, un derecho personalísimo respecto de las víctimas que es la posibilidad de decidir respecto de su cuerpo, de relacionarse íntimamente en su esfera sexual con otras personas”.

Foto: VDM Noticias. 

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