11/06/2019

Una paciente de Viedma deberá ser indemnizada por un sanatorio privado

Se había sometido a una intervención quirúrgica y sufrió una infección intrahospitalaria.

Una paciente de Viedma deberá ser indemnizada por un sanatorio privado

Una paciente que contrajo una infección intrahospitalaria deberá ser indemnizada por un sanatorio viedmense y una compañía de seguros con una suma que supera los tres millones de pesos.

Según se informó, la mujer inició una demanda ya que se sometió a una intervención quirúrgica y, en el marco de la internación, sufrió una infección que le generó severas consecuencias en su salud y en su vida laboral.

Por este hecho, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial ratificó un fallo de primera instancia y denegó la apelación del Sanatorio Austral. El nosocomio argumentó que tomó todas las medidas de seguridad necesarias, por lo que no podía imputársele responsabilidad.

La sentencia de la Cámara indica que “de la prestación asistencial indirecta prestada por las clínicas o sanatorios, nace una responsabilidad contractual directa entre la institución y el paciente, originada en una obligación tácita de seguridad que funciona con carácter accesorio de la obligación principal de prestar asistencia por intermedio de los facultativos del cuerpo de la institución”.

En este caso, los peritos han concluido que “el origen infeccioso inicial en la paciente fue de causa intrahospitalaria durante la internación”. Explica que “la infección intrahospitalaria es definida como “toda enfermedad provocada por micro organismos, contraída en un establecimiento de cuidados por un paciente después de su admisión, sea por su hospitalización, o por recibir allí cuidados ambulatorios”.

En su punto central, el fallo explica que “toda vez que se encuentra acreditado que la actora contrajo una infección generalizada durante la estadía en la institución demandada, esta última debe cargar con la responsabilidad”.

En cuanto al pedido de la demanda para atribuir responsabilidades a los médicos que la intervinieron quirúrgicamente, el fallo rechaza el planteo: “existe coincidencia en los medios probatorios sobre la corrección del obrar de los profesionales”.

 

 

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