11/06/2018

Frenan la nueva adjudicación del complejo gastronómico La Balsa

Tras evaluarse las ofertas, la comisión de adjudicación había dado su parecer, para que el Ejecutivo contrate.

Frenan la nueva adjudicación del complejo gastronómico La Balsa
Créditos: WEB
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La Justicia frenó el proceso de adjudicación de la nueva concesionaria del complejo gastronómico costero La Balsa.


La Municipalidad había concretado el llamado a licitación y tras evaluarse las ofertas, la comisión de adjudicación había dado su parecer, para que el Ejecutivo procesa a la contratación.


Sin embargo, la actual concesionaria , perjudicada por el resultado, acudió a la Justicia, al entender que no se habían cumplido los parámetros normales para la puntuación de los oferentes.


La sentencia
Por sentencia del día 8 de junio de 2018, se hizo lugar a la medida cautelar solicitada por Silvana Sabbatella, la actual concesionaria del Complejo La Balsa, ordenándose suspender los efectos del decreto 365/18 del Poder Ejecutivo Municipal, por el cual se había adjudicado al oferente Indelman, de San Antonio Oeste, la renovación de la concesión.


“Se omitió otorgar a Sabbatella el puntaje que por ser empresaria local le hubiera correspondido por pliego de bases y condiciones de la licitación pública N° 21/17”, explicó el asesor legal de la demandante Sabbatella..


La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Viedma, valoró especialmente que el Acta N° 2 de la Comisión de Preadjudicación del 22/12/17 “...no se ha hecho ninguna consideración respeto al puntaje adicional que establece el artículo 20 del pliego de bases y condiciones....siendo que de ser aplicable el mismo al presente, podría alterar sustancialmente el resultado del orden de mérito elaborado”.


Además de ello, se consideró que “el recurso de reconsideración interpuesto solicita la declaración de nulidad absoluta del acto administrativo (decreto de adjudicación) por la inobservancia de normativa de orden público, por la caducidad de las ofertas, ya que la Municipalidad pidió su ampliación de vigencia a más de 6 meses de la apertura de la licitación cuando la Ordenanza de Contrataciones en su artículo 49 prevé que deberá hacerse ANTES DEL VENCIMIENTO DE LAS MISMAS (que tuvieron 30 días de validez), vencidas hace meses, y que se evaluó la arbitrariedad de la evaluación de la comisión de Preadjudicacion”.


“Estas medidas cautelares son de muy difícil otorgamiento ya que suspenden los efectos de un acto administrativo del poder público, con lo que sólo se conceden en supuestos excepcionales en que está demostrado que al particular le podría asistir el derecho que invoca (verosimilitud del derecho) y que el peligro en la demora en el otorgamiento de la cautelar (suspensión del acto dictado) podría acarrear graves perjuicios al erario público, lo que se procura evitar”, explicaron. 

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