2026-10-07

La golpeó, la mordió y la persiguió por la calle: una brutal noche de violencia de género llegó a la Justicia

La Fiscalía expuso las pruebas en el juicio abreviado. La víctima se salvó por un llamado telefónico de su papá a la policía. El sujeto consiguió una pena de prisión en suspenso.

Una agresión que comenzó dentro de una vivienda, continuó en la calle y terminó con la intervención policial llegó este miércoles a una audiencia de juicio abreviado en Viedma. La Fiscalía describió una secuencia de violencia contra una mujer y detalló las pruebas reunidas durante la investigación. El acusado aceptó el hecho y las condiciones de la salida acordada.

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Durante la audiencia, el fiscal Pablo Peralta sostuvo que la evidencia reunida permitía acreditar el episodio y calificó el hecho como “lesiones leves calificadas por el vínculo y en contexto de violencia de género”. El acuerdo contempla una pena de ocho meses de prisión en suspenso y dos años de pautas de conducta. El enjuiciado es Elvis Balbontín y la audiencia estuvo a cargo del juez Carlos Reussi, con la asistencia de la defensora Graciela Carriqueo.

Según la acusación, el hecho ocurrió el 21 de marzo de 2026, entre las 4 y las 5:30 de la madrugada, en una vivienda ubicada en la calle 21 del barrio Mi Bandera, donde Balbontín se encontraba junto a su pareja y una amiga en común.

De acuerdo con lo relatado por la Fiscalía, el hombre se tornó agresivo, tomó a la mujer de la cara y le mordió la mejilla izquierda. Cuando ella intentó retirarse de la vivienda, la sujetó del piso y la tiró contra un sillón.

La situación continuó cuando la chica logró salir corriendo por la calle. Según la acusación, al llegar a la calle 23 fue interceptada por Balbontín, quien la arrojó de espaldas al piso y luego la volvió a tomar del pelo y del cuello para llevarla hacia la casa.

El fiscal Pablo Peralta relató de manera pormenorizada cada uno de los puntos de la acusación contra Balbotín. 

 

Una vez dentro del domicilio, la víctima fue arrojada nuevamente contra un sillón y recibió un golpe en la boca. La amiga de la víctima le avisó al papá de la chica, quien dio aviso al 911 y la violencia cesó recién cuando llegaron oficiales de la Comisaría 38.

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El certificado emitido por un médico policial constató lesiones compatibles con el relato: escoriaciones superficiales en el cuello y la región dorsal, edema en el labio superior e inferior y un edema leve en la región occipital.

Balbotín aceptó todos los cargos en su contra y evitó ir a prisión efectiva. 

 

La Fiscalía destacó durante la audiencia que la investigación no se basó únicamente en la denuncia de la víctima. Entre las pruebas incorporadas aparece el testimonio de la amiga que estuvo en todo momento, quien relató en términos coincidentes la secuencia de violencia.

También se incorporó el llamado al 911 realizado por el padre de la víctima. A esto se sumaron las actas del procedimiento realizado por efectivos de la Comisaría 38, la denuncia realizada en la Comisaría de la Familia a posterior y el certificado médico policial.

Otro elemento destacado fue la intervención de organismos de asistencia y protección. Según expuso el fiscal, la evaluación de riesgo realizada estableció un nivel alto, mientras que la Oficina de Atención a la Víctima (Ofavi) intervino y acompañó a la chica desde la denuncia.

La pericia psicológica también tuvo un lugar central en el planteo de la Fiscalía. Según se explicó en la audiencia, el informe del Cuerpo de Investigación Forense señaló la existencia de indicadores compatibles con trauma y concluyó que la víctima se encontraba inmersa en un ciclo de violencia de género.

La pena acordada y las condiciones

Un curso de masculinidades fue parte de las pautas de conducta que deberá cumplir el imputado. 

 

Con esa evidencia como sustento, la Fiscalía y la defensa acordaron una pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional, es decir, sin cumplimiento efectivo en una cárcel, junto con pautas de conducta durante dos años.

Entre las condiciones se establecieron la fijación de domicilio y la obligación de informar cualquier modificación, presentaciones mensuales ante el organismo de control del Instituto de Asistencia de Presos y Liberados (IAPL), la prohibición de ejercer cualquier tipo de acto violento contra la víctima y la obligación de no cometer nuevos delitos.

Además, deberá abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y consumir estupefacientes, realizar un tratamiento psicológico en el hospital público Artémides Zatti y acreditar la participación en un dispositivo presencial de masculinidades brindado por el Ministerio de Seguridad de Río Negro.

La Fiscalía también informó que Balbontín ya había recibido anteriormente una suspensión del juicio a prueba en otro expediente, otorgada en diciembre de 2023 y posteriormente fue sobreseído en abril de este año. Ese antecedente fue informado a la víctima y considerado al momento de plantear el acuerdo.

Se supo por la defensa pública, que la joven quiso volver a comunicarse con el imputado para restablecer la relación y que no solicito ninguna medida de prohibición de acercamiento, por lo que no queda planteado en el acuerdo entre partes.

La defensora Graciela Carriqueo dio su conformidad con el acuerdo, especialmente porque su defendido no irá a la cárcel. 

 

La propuesta fue presentada ante el juez Reussi como una solución que, según sostuvo la Fiscalía, resultó racional y proporcional frente a la etapa en la que se encuentra el proceso. La resolución final quedó en manos del magistrado, y será convalidad en los próximos días hábiles.

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