2026-09-29

"Tenemos que explicarle a los chicos que ya no es una travesura, es un delito", Liliana Piccinini, jueza del STJ analizó los cambios con el nuevo Régimen Penal Juvenil

La jueza del STJ recordó que, hace casi 10 años, se impulsó un proyecto para contar con un Código Procesal sobre delitos con adolescentes en Río Negro.

La jueza del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Liliana Piccinini habló sobre el tema judicial más importante en la agenda: sobre los alcances del nuevo régimen procesal juvenil en Río Negro. En este sentido, advirtió: “No tenemos una horda de adolescentes conmocionando a la sociedad”.

Lee también: El STJ estableció reglas para los procesos penales que involucren a adolescentes en Río Negro

Para la jueza del STJ, la baja incidencia que tienen los delitos cometidos por adolescentes en la provincia ofrece la posibilidad de abordar el problema antes de que tome otra dimensión. Para eso, planteó la necesidad de avanzar con un Código Procesal Penal Juvenil y, al mismo tiempo, fortalecer un esquema de intervención que vaya más allá de la respuesta de los tribunales.

En diálogo con Mañana de Noticias, por Literal Radio, Piccinini dijo: “No es que tenemos una horda de niños y adolescentes conmocionando la tranquilidad de la ciudadanía”. En este sentido, la magistrada sostuvo que existe una distancia entre la percepción social sobre el delito juvenil y los datos disponibles y consideró que, con los niveles actuales, es un fenómeno sobre el que todavía se puede intervenir desde la familia, la escuela, los municipios, los organismos provinciales y la Justicia.

Video

La necesidad de fijar y recordar pautas a nivel provincial surgió con la entrada en vigencia plena -el 5 de septiembre- de la Ley Nacional 27.801, que estableció la punibilidad a partir de los 14 años. Pero Piccinini hizo una aclaración inicial: una cosa son los cambios introducidos por el Congreso sobre el régimen penal y otra, el procedimiento mediante el cual se juzgará a esos adolescentes en Río Negro.

Sobre ese segundo aspecto intervino el STJ la semana pasada. El máximo tribunal estableció que, mientras Río Negro no tenga un Código Procesal específico, deberán aplicarse el Código Procesal Penal provincial y las garantías contempladas en la Ley Provincial D 4109 y en el nuevo régimen nacional. La acordada excluyó los juicios por jurados, reclamó información a la Secretaría de Estado, Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) sobre los programas disponibles y dispuso profundizar la capacitación de magistrados y funcionarios.

“Ya no es una travesura”

—¿Qué cambia específicamente para un adolescente de 14, 15, 16 o 17 años acusado de cometer un delito en Río Negro?

—La ley nacional tiene dos aspectos. El principal, que rige para todo el territorio de la Nación, es el tema de la edad. Ahora los adolescentes van a ser punibles. Esto quiere decir que se les puede dirigir un reproche penal y se los puede sancionar penalmente a partir de los 14 años.

Antes teníamos un régimen que, paradójicamente, era de la dictadura militar, que establecía otro rango de edad, a partir de los 16 años, y de acuerdo con la índole y la gravedad del delito. Hoy eso desapareció. No es por la índole ni por la gravedad: son todos los delitos que están en el Código Penal. Si un adolescente de 14 años, en el recreo de la escuela, se pelea con un compañero y le deja un ojo en compota, eso es lesiones.

—Eso es importante saberlo y comunicarlo.

—Sí. La Escuela de Capacitación Judicial estuvo haciendo trabajo en los colegios secundarios y vamos a tener que intensificar las charlas. Ahora vamos a tener que explicarles a los chicos que ya no es una travesura, es un delito. Rayar un banco, por ejemplo, es delito de daño.

Esto lo establece el Congreso de la Nación. Pero hay que diferenciarlo de lo procesal. Lo procesal es cómo se lleva adelante un juicio reprochándole a un adolescente una transgresión penal y eso es materia de las provincias.

—¿Qué ocurre entonces con el procedimiento en Río Negro?

—Nosotros tenemos una ley que tiene muchos años, la Ley 4109, que establece en un capítulo completo cómo es el proceso de los adolescentes que transgreden la ley penal. En realidad, sacamos la acordada para recordarla, para que todos los magistrados y magistradas, fiscales y defensores tengan en cuenta que Río Negro tiene una ley que establece cómo es el proceso de responsabilidad penal juvenil.

—¿Río Negro necesita, además, un Código Procesal Penal Juvenil específico?

—Sí. Se necesita, porque esta ley establece garantías mínimas. Nosotros tenemos una Constitución de la que debiéramos estar todos los rionegrinos muy orgullosos, porque ha sido una Constitución de avanzada. Dice que los niños y los adolescentes tienen, como mínimo, las mismas garantías que el adulto.

Este código que necesitamos debe establecer todas las garantías de un debido proceso penal, más las garantías propias de los niños, niñas y adolescentes.

—Entonces, ¿la acordada funciona como una base, un piso mínimo y después debería avanzarse con ese código?

—Exacto. Es para la transición, es para que el legislador tome nota de que estamos necesitando ese código. Cuando se sancionó la Ley 5020, del proceso penal acusatorio y adversarial, la comisión notó que necesitábamos tener regulado el proceso de responsabilidad penal juvenil. La discusión fue si era un capítulo del mismo código o si se iba a hacer una ley aparte. Quedó allí. Estamos ya casi a diez años.

—En 2018 ya funcionaba una comisión interpoderes alrededor de una iniciativa impulsada desde el Poder Judicial. ¿Qué pasó desde entonces para que no se avanzara?

—Eso se lo tendrías que preguntar al legislador. Nosotros cumplimos con una iniciativa parlamentaria, la enviamos a la Legislatura como asunto oficial. En ese momento no se habrá visto la necesidad.

Pero en rigor de verdad, y en esto hay que ser honestos, la incidencia de los delitos cometidos por adolescentes en nuestra provincia no es un tema gravitante.

—Las estadísticas del primer semestre de 2026 registran diez causas, con 13 adolescentes involucrados, y 14 de las 15 imputaciones corresponden a delitos contra la propiedad. ¿El delito juvenil en Río Negro coincide con la percepción social que existe sobre el problema?

—No. La percepción social nunca va de la mano con los datos de la realidad. La víctima tiene una percepción que no es lo que realmente ocurre. No es que tenemos una horda de niños y adolescentes conmocionando la tranquilidad de la ciudadanía. Tenemos chicos que están en conflicto con la ley. Habrá que ver por qué llegan a ese conflicto y habrá que hacerlos responsables.

La Ley 4109 determina un procedimiento que los haga responsables, que les haga entender que lo que hicieron afectó a una persona. Y se tendrán que hacer responsables también papá y mamá.

—¿Qué responsabilidad tienen las familias?

—Padres y madres tienen que jugar el primer rol, el de la responsabilidad primaria. Y luego también tendrá que jugar la responsabilidad del Estado, porque esto no se soluciona únicamente con penas establecidas, con un proceso penal.

Esto se soluciona también con control territorial, con asistentes sociales que vayan a los barrios, con escuelas que tengan equipos de detección y que esos equipos, a su vez, estén protegidos. Es un sinnúmero de factores. Esto simplemente viene a poner en su lugar cuáles son las consecuencias, no las causas.

La Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) seguirá siendo fundamental en los procesos judiciales.

 

—El STJ le pidió a la Senaf que informe qué programas tiene efectivamente operativos para cumplir con el régimen. ¿Ahí aparece esa responsabilidad del Estado?

—Exacto. Y eso también corre para los municipios, porque en los pueblos quienes palpan la realidad de la sociedad son los municipios.

Yo creo que en Río Negro, con estos números, no es un tema que no se pueda solucionar, mitigar o evitar. Creo que con el trabajo conjunto y con un llamado de atención a papá y mamá, y quizás a los abuelos, porque hay chicos que están con sus abuelos, esto se puede ir solucionando.

Y quisiera destacar que es para todos los adolescentes de 14 a 18 años. Para todos. Esto es para el hijo del comerciante, del empresario, del médico, del abogado. Y de Juana, que trabaja en la casa de Rosa.

Lee también: Murió una joven tras un choque frontal de motos en Viedma

La Senaf deberá responderle al Poder Judicial cuáles son los programas vigentes y operativos con los que cuenta para cumplir las obligaciones previstas por la Ley D 4109.

—La acordada establece que los adolescentes no serán sometidos a juicio por jurados. ¿Por qué?

—Lo dejamos exceptuado porque la acordada está diciendo: apliquemos el Código Procesal Penal de adultos con las garantías de las convenciones y los tratados. Entonces dejamos esa excepción para que el legislador, cuando haga el Código de Responsabilidad Penal, lo debata.

Eso hay que debatirlo. Porque si la naturaleza del juicio por jurados es el juicio de los pares, están juzgando a un adulto y el jurado está integrado por adultos, ¿qué tendríamos que hacer entonces? ¿Un juicio por jurados con pares, con adolescentes entre 14 y 18 años? Es un debate. Yo eso se lo dejo al legislador.

Nosotros tratamos de hacer con esta acordada, primero, recordarle a toda la magistratura y al Ministerio Público que hay una ley que hay que cumplir, que es la 4109. Tenemos muchos magistrados nuevos, muchos fiscales nuevos, muchos que quizás no conozcan esa ley y tienen que aplicarla.

La segunda intención es tener esta transición hasta que la Legislatura tome nuestra iniciativa parlamentaria o tenga otra y dicte un Código de Responsabilidad Penal Juvenil para Río Negro. Y la capacitación continua, la formación constante.

—¿Qué debería contener necesariamente ese futuro Código Procesal Penal Juvenil?

—El eje fundamental es el plus protectivo. No es lo mismo juzgar a un adulto que juzgar a un adolescente de 14, 15 o 16 años. Hay que tener determinadas garantías presentes, y esas garantías no son inventos. Están en la Constitución, en los tratados internacionales, en las Reglas de Beijing.

Ese código tiene que contener esas garantías. Esto no es patrimonio de alguien a quien se le ocurrió decir que debe tener más garantías que el adulto. Lo dijo el constituyente.

Una persona en formación no puede recibir un reproche con la misma intensidad. No digo que no le voy a reprochar: le voy a reprochar, lo voy a sancionar. Pero no con la misma intensidad que a un adulto.

De ahí que la propia ley nacional establezca un límite para la pena, que no puede superar los 15 años, y prohíba la prisión o reclusión perpetua para un adolescente.

—En este debate también aparecieron fallos y cuestionamientos al nuevo régimen, incluso declaraciones de inconstitucionalidad. ¿Cómo observa esas decisiones?

—Las ponderaciones de los magistrados, o quizás alguna suspensión de los efectos de la ley, una declaración de inconstitucionalidad, correrán por cuenta del magistrado que lo diga y lo firme.

Para mí, las declaraciones de inconstitucionalidad —y esto lo tenemos muy bien dicho en el Superior Tribunal y ya lo ha dicho la Corte— son una tarea muy delicada que merece mucha prudencia de los jueces. Realmente tiene que haber algo en la ley que provoque un estrépito, un impacto frente a una garantía constitucional.

Los jueces tienen que ser prudentes. La mejor tarea que puede hacer un juez frente a leyes que generan un cambio de esta naturaleza es armonizar las normas.

El legislador, cuando vuelca su voluntad en el Congreso para dictar una norma, lo hace porque la ha meditado, porque la ha estudiado, porque entendió que había una necesidad que regular. Eso es lo que nosotros, los jueces, tenemos que tener en cuenta. Porque si los jueces nos vamos a poner a legislar, no tenemos que elegir nada. Los legisladores se van a poner a fallar y entonces la República deja de ser la República y el pacto social contenido en la Constitución deja de existir. Ante eso, prudencia.

—¿Estamos a tiempo, entonces, de intervenir antes de que el problema adquiera otra dimensión?

—Hay un detalle en la ley nacional que es la creación de una figura de supervisión, un supervisor. Cuando el adolescente transgrede y se le impone una sanción, va a estar supervisado por una persona.

Nación lo puso dentro de la órbita del Ministerio de Justicia. Veremos en Río Negro cómo la Legislatura y el Ejecutivo diseñan y establecen esta figura: si tiene que ser un profesional, cuántos adolescentes puede supervisar, cuáles son las reglas de la supervisión. A mí me parece que está muy bien, porque esa es la persona que, en definitiva, le va a decir al juez: “Encarriló, entendió, se responsabilizó, restauró el daño”. Es lo que en realidad tendríamos que lograr.

El Superior Tribunal de Justicia emitió una Acordada para tratar a los adolescentes que estén involucrados en delitos en Río Negro. 

 

—¿Este nuevo escenario obliga también a profundizar la capacitación y la concientización frente a situaciones que involucran redes sociales, grooming y otros delitos?

—Obviamente. Esa es una tarea que también está haciendo la Escuela Judicial. En esta provincia, con relación a la pornografía infantil y la detección que se hace a través del Gabinete Forense del Poder Judicial y del Ministerio Público, estamos muy bien posicionados. Tenemos una detección rápida, eficiente y con mucha calidad de las pericias.

Lo digo porque cuando voy a las reuniones de UNICEF advierto que hay provincias que no tienen estas herramientas que nosotros hemos sabido reforzar con recursos y capacitación. Es un flagelo que preocupa a nivel global. El tema de las redes, del grooming, es concientización no solamente de los niños y los adolescentes, sino también un llamado de atención al control de la familia.

Lee también: El bebé viedmense que sufrió graves quemaduras ya recibió el alta

Te puede interesar