A través de un embargo, la justicia endureció la ejecución contra un deudor alimentario
Días atrás, se presentó ante la Unidad Procesal Nº 5, a cargo de la jueza de Familia, Ana Carolina Scoccia, la ex pareja de un hombre quien por medio de apoderada solicitó la ampliación de las medidas de ejecución dispuestas en mayo del año pasado con respecto a las liquidaciones por cuota alimentaria sobre cuotas adeudadas.
De acuerdo a los trámites que se sustancian en ese fuero de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en Viedma, el reclamo presentado está vinculado por alimentos adeudados correspondientes al período de agosto 2024 hasta noviembre de 2025, en favor de sus hijos.
En consecuencia, la magistrada hizo lugar a la ampliación de las medidas ejecutorias trabando un embargo en el proporcional de ley, de sus ingresos, que entre monto total, y previsión de intereses y costas, representan unos 3,8 millones de pesos.
En este marco, se hizo saber al deudor que dentro del plazo de cinco días podrá oponerse a esta sentencia deduciendo las excepciones previstas en el artículo 453 del Código de Familia, bajo apercibimiento de pasarse directamente a la etapa de cumplimiento forzado de la sentencia si no se efectúa el depósito ni se deducen excepciones.
Leer más: "El estímulo pasa por el encuentro": así festejaron su día los jubilados en Viedma