2026-03-25

Cómo serán los cambios al Código Procesal Penal en Río Negro

La lista de delitos que no tendrán libertad anticipada.

Los legisladores Lucas Pica y Facundo López presentaron un proyecto para modificar la Ley S 3008, que regula la ejecución penal en la provincia de Río Negro. La iniciativa busca restringir los beneficios carcelarios, como las salidas transitorias y la libertad condicional, para personas condenadas por delitos graves, estableciendo que deberán cumplir la totalidad de sus condenas sin posibilidad de salir anticipadamente.

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En diálogo con Radio Noticias, Lucas Pica habló del tema y expresó que  “en Río Negro venimos tomando una serie de decisiones a partir de un posicionamiento muy firme del gobernador Alberto Weretilneck y nuestro partido Juntos Somos Río Negro (JSRN), dándole centralidad a la víctima, no ya a la delincuencia como lo venía haciendo el garantismo penal en Argentina”.

Además, destacó que se está terminando con la llamada “puerta giratoria” para delincuentes reincidentes, señalando que “los fiscales están pudiendo pedir la prisión preventiva y se avanzó en modificaciones al código para establecer la doble condena, lo que permite que aquellos delincuentes con condena ratificatoria en segunda instancia permanezcan presos mientras esperan resoluciones superiores”.

El legislador añadió que junto a Facundo López presentaron varios proyectos que estarán en agenda para eliminar las salidas transitorias y la libertad anticipada en casos de delitos graves, en línea con medidas que también se evalúan a nivel nacional para fortalecer el rol de la víctima.

Respecto a la reciente decisión del Congreso nacional de bajar la edad de imputabilidad penal de 16 a 14 años, Pica opinó que “a título personal me parece razonable, ya que varias naciones del mundo tienen la edad de imputabilidad en ese rango etario, lo que nos pone en línea con estándares internacionales”. No obstante, señaló la necesidad de que el Estado nacional acompañe a las provincias con inversiones necesarias, especialmente en infraestructura, para que los menores imputables no compartan instalaciones penitenciarias con adultos, remarcando que esto requiere recursos que esperan sean brindados desde Nación.

Con esta iniciativa, los legisladores buscan fortalecer el sistema de justicia penal en Río Negro, priorizando la protección a las víctimas y un endurecimiento en el cumplimiento de las penas para quienes cometen delitos graves.

Delitos

De prosperar la iniciativa, se establece la prevalencia al criterio rector referido a  la gravedad del delito, tal como surge de los delitos taxativamente detallados en el artículo 47 de la presente iniciativa legislativa, que son: el Homicidio simple previsto en el artículo 79 y homicidio agravado previsto en el artículo 80 del Código Penal; los Delitos contra la integridad sexual, previstos en los arts. 119 segundo, tercer y cuarto párrafo, 120 segundo párrafo, 124, 125, 125 bis, 126, 127, 128 primer y segundo párrafos, 130 tercer párrafo y 167 incisos 1 y 2 del Código Penal.

Además, el Robo agravado (artículo 166 del Código Penal; El Homicidio en ocasión de robo (artículo 165 del Código Penal); la Tortura seguida de muerte (artículo 144 tercero, inciso 2, del Código Penal; y el Secuestro extorsivo, si se causare la muerte de la persona ofendida, conforme a los supuestos previstos en el artículo 170, antepenúltimo y anteúltimo párrafos, del Código Penal.

 

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NoticiasNet · Lucas Pica
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