MEDIA SANCIÓN EN DIPUTADOS
Régimen penal juvenil: qué penas máximas recibirán y cómo deberán cumplirlas
La Cámara de Diputados de Argentina ha dado un paso trascendental al aprobar con mayoría de votos una reforma que cambiará de manera significativa el enfoque del sistema penal juvenil en el país. Este régimen, que aún debe ser debatido en el Senado, aspira a romper con un ciclo legislativo que ha permanecido inalterado desde 1980 y está sostenido por la diputada Patricia Bullrich. Con 149 votos a favor y 100 en contra, plantea sobre todo una cuestionada reducción de la edad de imputabilidad, llevándola de 16 a 14 años.
El proyecto busca no solamente ajustar las edades de imputación, sino también reordenar las normativas en torno a las penas, procedimientos de arresto y tratamiento procesal de los jóvenes implicados en actos delictivos. Se trata de un entramado judicial que incluye sanciones alternativas a la prisión, restringe severamente la posibilidad de privar de libertad, y considera nuevas salvaguardas jurídicas para las víctimas afectadas.
Dentro del nuevo marco legal, la magnitud del delito determinará las consecuencias penales. En los casos donde la pena establecida no supere los tres años de cárcel, el juez tiene estimaciones normativas para aplicar medidas correctivas fuera de prisión tales como amonestaciones, restricciones para contactar a víctimas, prohibición de asistir a determinados lugares, impedimento de salida del país, servicio comunitario, o monitoreo electrónico. Por otra parte, el encarcelamiento se reserva para situaciones acentuadamente graves al tipo de homicidios, robos con violencia, violaciones o secuestros, pero con la vedada posibilidad de dictar reclusiones perpetuas.
Quizás una de las aristas cruciales sea el acotamiento de las penas carcelarias; al establecer 15 años como el máximo como período en prisión, se incorpora un elemento de revisibilidad para ajustarlo a las normas de proporcionalidad legal. La normativa también cataloga un régimen que permite que, habiendo cumplido el joven dos tercios de la pena y alineándose con los preceptos establecidos bajo el Código Penal para las liberaciones condicionadas, el período restante sea cumplido con medidas fuera del entorno penitenciario con control adicional.
Otra innovación se materializa en la normativa que confía el proceso de rehabilitación a institutos especiales, donde los condenados jóvenes se mantendrán fuera del contacto con adultos, en ambientes preparados didácticamente, asegurando atención médica, posibilidades de educación, y programas para reducir adicciones si es necesario. La filosofía detrás de estas disposiciones radica abiertamente en prevenir la contaminación carcelaria y fomentando la reinclusión efectiva en la sociedad.
Adicionalmente, se introdujo la mediación penal juvenil para infracciones leves y se podrá suspender el juicio si todas las partes, incluida la víctima, acuerdan esta vía de resolución de conflictos, siempre bajo medidas restaurativas. Es importante tantear que esta reforma estipula darle la palabra a las voces de las víctimas quienes tienen derecho a mantenerse informadas, ser asesoradas legalmente y percibir soporte psicológico.
Todo este sistema judicial renovado también viene cargado de respaldos presupuestarios significativos, ya que se ha proyectado una inversión de $23.739.155 millones para asegurar su implementación. Se resalta especialmente la disposición de los recursos hacia la elaboración de una lodosa Defensoría General de la Nación.
Con estos fundamentos, las provincias tienen la capacidad de negociar fondos adicionales con el gobierno nacional para robustecer sus infraestructuras y adherirse a los principios de justicia innovadora. La manera en que el Senado dispone su análisis será el siguiente y último escalón para ratificar estos cambios que empiezan a definir un capítulo nuevo en el tratamiento judicial hacia la juventud.