Cayó de un camión y sufrió una fractura de cráneo: cuál fue el veredicto de la justicia
Después de casi cinco años, un trabajador que sufrió un accidente de trabajo consiguió una resolución judicial. Se trata de un hombre que se cayó de la caja de un camión en movimiento perteneciente a una empresa de Viedma, mientras realizaba tareas de reparto. El vehículo dobló en la esquina de Moreno e Hipólito Yrigoyen de San Antonio Oeste y, al perder el equilibrio, el trabajador impactó de lleno contra el asfalto el 28 de enero de 2021.
El golpe le provocó un traumatismo encéfalo craneano grave, con pérdida de conocimiento y convulsiones. Lo trasladaron de urgencia al hospital Aníbal Serra de la ciudad atlántica, y luego al nosocomio Artémides Zatti de Viedma, donde ingresó en “estado de coma” y recibió asistencia respiratoria.
Permaneció varios días en terapia intensiva, hasta que milagrosamente fue dado de alta a los cinco días, cuando se temía el peor escenario. El diagnóstico incluyó una fractura de cráneo y lesiones auditivas, y comenzó un extenso proceso de rehabilitación.
El trabajador indicó que la empresa para la que prestaba servicios no denunció el hecho ante una aseguradora de riesgos del trabajo, no le brindó cobertura médica ni asumió los costos de su recuperación. También afirmó que solo le pagaron una parte del salario y que la relación laboral nunca fue registrada formalmente.
Tras recibir el alta definitiva, notificó a la firma su intención de reincorporarse, reclamó el pago de haberes adeudados y exigió la regularización de la relación. No obtuvo respuesta. Por lo tanto, se consideró despedido por injuria grave y presentó una demanda ante la Cámara del Trabajo de Viedma.
La sentencia reconoció que existía una relación laboral no registrada desde una fecha anterior al accidente, que data de 2016. Además, acreditó que el siniestro ocurrió durante una jornada de trabajo y que, ante la falta de cobertura por parte de una aseguradora de riesgos del trabajo, la responsabilidad por las consecuencias recae directamente sobre la empresa.
Dos pericias médicas incorporadas al expediente confirmaron que el trabajador padece hipoacusia traumática en el oído izquierdo y un desorden mental orgánico que afecta su vida personal y social. Con base en esas evaluaciones, el tribunal determinó una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 29,76 %, calculada según el criterio de Capacidad Restante Residual.
Ahora, la Cámara del Trabajo de Viedma ordenó el pago de 67.280.501,16 pesos por capital e intereses calculados y regular los honorarios de los abogados por la representación de la parte actora, en la suma de 10.361.197,17 de pesos.
La empresa de transporte que, presumiblemente tiene nuevos dueños en esta ciudad, tiene 10 días hábiles para poder hacer los pagos correspondientes. El fallo fue ejecutado por los jueces Carlos Marcelo Valverde, Rolando Gaitán y Carlos Alberto Da Silva.