¿A cuánto aumentó la cifra de deudores alimentarios en Río Negro?
La Dirección de Registro Civil y Capacidad de las Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Turismo; difundió a través del último Boletín Oficial el listado completo del Registro de Deudores Alimentarios (Redam) y de Obstructores de Vínculo en la provincia de Río Negro.
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De la publicación se desprende que quienes no pagan las cuotas alimentarias a sus hijos alcanza a unos total de 1.503 personas tomando en cuenta que últimamente se concretaron cuatro bajas con lo cual quiere decir que están cumpliendo el compromiso legal. Sin embargo, en diciembre había 1.462 inscriptos.
El Redam incluye a todas aquellas personas que adeuden total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, aunque si la publicación no surte el efecto deseado, los alimentantes a traves de adultos suelen apelar a la justicia para conseguir los aportes.
Estar comprendido en el registro implica limitaciones del ciudadano o ciudadana para contratar con el Estado o acceder a cargos públicos. La Ley Nº 3.475 que atiende estos casos, impulsa a la emisión de certificados ante requerimientos de persona física o jurídica, pública o privada, con interés legítimo, en forma gratuita.
El artículo 7º indica que las personas incluidas en el listado del Registro, mientras no regularicen su situación, no podrán también obtener habilitaciones, concesiones, licencias, permisos. Además, en varios municipios rionegrinos se han sancionado ordenanzas que limitan las posibilidades a los deudores. Hubo un caso en Viedma que se le impidió a un moroso participar de competencias deportivas institucionales
La información del Registro surge de los juzgados de Familia de toda la provincia en forma periódica y posteriormente suele ser girada al mencionado Registro Civil, que a su vez posteriormente la suministra a la Dirección del Boletín Oficial.
Obstructores de vínculos con los hijos
Desde 2021, y dentro de este marco, la provincia tiene reglamentada la Ley Nº 4.456 que crea el Registro Provincial de Obstructores de Vínculo con los Hijos, que sanciona a quienes impiden el contacto de los hijos con sus padres no convivientes o familia extendida (abuelos, etc.) tras una orden judicial, imponiendo restricciones como no poder contratar con el Estado. La norma reglamentada por Decreto 737 de ese año, permite la inscripción por orden judicial de publicar los nombres en el Boletín Oficial y web del Registro Civil.
Su objetivo, dentro de la operatividad, es proteger el derecho de los niños a mantener contacto con ambos progenitores y su familia extensa, sancionando a quienes lo obstaculizan. En la edición de diciembre se hizo mención al caso de una mujer, sumándose así a una veintena desde el año 2024. Aún así, los ingresos son muy contados dentro de esta figura legal tomando en cuenta la cantidad de morosos de cuotas alimentarias.