2026-01-02

El Gobierno oficializó la reforma de la SIDE

A través del decreto 941/2025 publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo formalizó los cambios anticipados en la Secretaría de Inteligencia de Estado.

En consonancia con la decisión de transformar profundamente el sistema de inteligencia del país, el Gobierno Nacional, bajo la administración del presidente Javier Milei, ha implementado una serie de cambios significativos mediante la reciente publicación del decreto 941/2025 en el Boletín Oficial. Esta reestructuración tiene como principal objetivo redefinir y modernizar la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), otorgándole una gama más amplia de competencias y responsabilidades.

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El eje central de esta reforma es la continuidad de la SIDE como el engranaje principal del aparato de inteligencia, aunque ahora revitalizado mediante la inclusión de nuevos organismos. Se ha establecido que la SIDE pase a estar conformada por el Servicio de Inteligencia Argentino (SIA), la nueva Agencia Nacional de Contrainteligencia (ANC), la Agencia Federal de Ciberinteligencia (AFC) y la Inspectoría General de Inteligencia. Cada una de estas entidades mantiene su autonomía técnica y funcional; no obstante, todas se encuentran bajo la dirección política de los actuales directores Cristian Auguadra y Diego Kravetz.

Un punto notable de la reforma es la transformación de la ex Agencia de Seguridad Nacional en la Agencia Nacional de Contrainteligencia, cuyo mandato incluye ahora la optimización de medidas preventivas obligatorias en el sector público para enfrentar amenazas internas. En paralelo, se ha lanzado una clara distinción entre ciberseguridad y ciberinteligencia, estableciendo al Centro Nacional de Ciberseguridad como la autoridad máxima en materia de protección de infraestructuras críticas en el ámbito digital.

El contexto de secretismo acompaña las operaciones de la SIDE, remarcando la formalización del carácter encubierto de muchas de sus actividades. Esta característica ha despertado inquietudes en ciertos sectores de la oposición política, pues la capacidad de aprehender a personas en flagrante delito, otorgada en el marco del nuevo decreto, añade una capa de complejidad en términos de libertades civiles y control democrático.

Además de estas innovaciones organizacionales, se especificó el impulso a dos comunidades vitales para el flujo informativo dentro del Estado: la Comunidad de Inteligencia Nacional (CITN) y la Comunidad Informativa Nacional (CIFN). La primera, constituida por fuerzas de seguridad e inteligencia, entre otras, se coordina para producir inteligencia bajo un esquema integrado, mientras que la segunda, involucrando a ministerios y entes civiles, se orienta a sumar inteligencia estratégica desde un ángulo informático.

En el panorama militar, la reestructuración también afecta a la inteligencia castrense al transferir las funciones de la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica Militar al ámbito del Estado Mayor, consolidando así las actividades de inteligencia militar para evitar redundancias operativas. Por último, los cambios vienen acompañados de un escrutinio más riguroso sobre el presupuesto manejado por la SIDE, asegurando una doble mirada sobre los gastos reservados y la recopilación de información fundamental para la defensa de los intereses nacionales.

Formalización de los objetivos de la SIDE
1. Conducir el esfuerzo de Inteligencia Nacional y Contrainteligencia.

2. Planificar y ejecutar las acciones del Ciclo de Producción de Inteligencia Nacional a través de sus órganos, de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal (DNIC) y de la Dirección General de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (DGIEMCO).

3. Dirigir y articular las actividades y el funcionamiento del Sistema de Inteligencia Nacional (SIN) y las relaciones con los organismos de inteligencia de otros Estados.

4. Coordinar las actividades dentro del marco de las Leyes Nros. 23.554 y 24.059 con los funcionarios designados por los ministros de las áreas respectivas, cuyo rango no podrá ser inferior al de Subsecretario.

5. Requerir a todos los órganos del Sector Público Nacional la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

6. Requerir la cooperación de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuando ello fuere necesario para el desarrollo de sus actividades.

7. Entender en la formación, capacitación, adiestramiento y actualización del personal de la Secretaría y colaborar con los organismos del Sistema de Inteligencia Nacional (SIN) en la formación y capacitación de su personal a través de la Escuela Nacional de Inteligencia.

8. Proporcionar al Ministerio de Defensa la información e inteligencia que fuere menester para contribuir en la producción de la Inteligencia Estratégica Militar de conformidad a lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 23.554.

9. Proporcionar al Consejo de Seguridad Interior la información e inteligencia que fuere requerida de conformidad a lo establecido en el inciso e) del artículo 10 de la Ley N° 24.059.

10. Entender en la lucha contra el terrorismo y coordinar acciones con los organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires con competencia en la materia.

11. Dirigir la Comunidad de Inteligencia Nacional (CITN) y la Comunidad Informativa Nacional (CIFN), e integrar la información de estos subsistemas, así como también lo producido por los órganos del Sistema de Inteligencia Nacional (SIN) para ser elevado al Presidente.

12. Proponer a la Jefatura de Gabinete los niveles de alerta de Seguridad Estratégica Nacional con asistencia del Ministerio de Seguridad Nacional, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

13. Celebrar convenios con personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, para el cumplimiento de sus funciones.

14. Planificar y ejecutar la Inteligencia Geoespacial en apoyo a las actividades del Sistema de Inteligencia Nacional (SIN).

15. Entender en la gestión Criptográfica del Sistema de Inteligencia Nacional (SIN).__IP__

16. Asesorar, en el marco de su competencia, al Poder Ejecutivo sobre la comunicación estratégica del Estado Nacional.

17. Elaborar el Informe Anual de Actividades de Inteligencia a los efectos de su presentación ante la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia del Congreso de la Nación. A tal fin, los organismos del Sistema de Inteligencia Nacional (SIN) le deberán brindar toda la información correspondiente.

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