2025-08-18

TRIBUNALES

La Justicia decidió anular el veto presidencial a la ley de Emergencia en Discapacidad

El fallo responde a un amparo presentado por una familia con dos hijos con discapacidad.

En un fallo histórico que podría tener repercusiones a nivel nacional, el Juzgado Federal de Campana ha anulado la decisión del presidente de vetar la Ley de Emergencia en Discapacidad, más conocida como Ley 27.793. Este veredicto surge tras la presentación de un recurso de amparo por parte de dos comprometidos padres, cuya legítima preocupación se centró en la interrupción potencial de los tratamientos vitales que aseguran el desarrollo de sus hijos menores, que padecen discapacidades.

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El juez Adrián González Charvay, al frente del proceso judicial, sostuvo de manera firme que el veto presidencial violaba a claras luces los compromisos internacionales que el país había asumido previamente. Estos compromisos, tal como los señala el Magistrado, están consagrados tanto en la protección de los derechos de los infantes como en los derechos de las personas con capacidades diferentes, a lo largo de las normativas internacionales.

Los argumentos presentados en el recurso de amparo delinearon una serie de efectos adversos y de profunda preocupación. Según los padres de los menores, el veto desencadenó un "estado de incertidumbre" no solo en el hogar de los recurrentes sino, potencialmente, en muchas otras familias afectadas. Esta incertidumbre se traduce en una gran preocupación ante la posible discontinuidad y las barreras arancelarias cada vez mayores que enfrenta el Sistema de Prestaciones Básicas.

El fallo del juez alcanzó mucho más que el ámbito familiar, implicando responsabilidades para el Estado Nacional sobre los niños, denominados en la resolución por sus iniciales O.G.J. y D.R.N. La sentencia además obliga a la obra social de los menores a reestablecer las prestaciones con base en la ley de emergencia inmediatamente restituidas.

El impacto de este fallo es tal, que además de asegurar la implementación de la ley para los involucrados, obliga al Estado a asumir los costos judiciales del proceso. A pesar de que esta decisión no es definitiva, reaviva el diálogo sobre el alcance del poder judicial en la revisión de decisiones ejecutivas mientras plantea duras cuestiones sobre el rol de las normas y tratados que colocan los derechos humanos en el centro de la política social argentina.

Mientras el Gobierno contempla sus opciones, incluida la apelación, este escenario podría establecer un precedente legal significativo respecto a cómo se maneja la anulación de vetos presidenciales en el futuro. El énfasis ahora recae sobre el compromiso del país con su propia Constitución y el espinoso camino de equilibrar los recursos estatales con la obligación inquebrantable de proteger a los más vulnerables.

 

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