2025-07-24

Ocultaron a su hermana para quedarse con la herencia: condenan por daño moral a la pareja del padre fallecido

La Justicia ordenó pagar cinco millones de pesos a una joven que fue excluida del proceso sucesorio tras la muerte de su padre. Los bienes ya estaban en manos de la última pareja del hombre, quien actuó con mala fe.

La Justicia de San Antonio Oeste condenó a una mujer a indemnizar con cinco millones de pesos por el daño moral causado al ocultar deliberadamente la existencia de una hija menor en un proceso sucesorio. La sentencia destaca que la mujer —última pareja del hombre fallecido— actuó de mala fe, con la complicidad de sus hijos, para excluir a la menor de edad de su legítima porción hereditaria.

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El caso se remonta a noviembre de 2012, cuando murió un hombre que trabajaba como patrón de un buque pesquero. Tenía un hijo nacido en los años 70, y desde 1983 convivía con una mujer con quien tuvo una segunda hija. Tras su fallecimiento, los tres iniciaron la sucesión, pero omitieron un dato fundamental: existía una tercera hija, reconocida legalmente, que fue dejada fuera del expediente.

Recién en marzo de 2014, la hija menor logró presentarse judicialmente. Fue declarada heredera en 2015, pero para ese entonces los bienes ya estaban a nombre de la esposa, quien los había recibido por cesión onerosa realizada por sus propios hijos. Se trataba de dos propiedades ubicadas en San Antonio Oeste: una vivienda familiar y otro inmueble destinado a actividad turística.

Un chat en Facebook lo reveló todo

En su demanda, la joven sostuvo que su hermana sabía de su existencia. De hecho, presentaron como prueba legal mensajes certificados de Facebook intercambiados entre ambas pocos meses antes del fallecimiento del padre. Esta evidencia fue clave para probar que la exclusión del proceso sucesorio no fue un error, sino un acto intencional.

Según relató la damnificada, nunca fue informada del fallecimiento de su padre, del proceso sucesorio ni del destino de los bienes. “El hecho de excluirla de la sucesión a sabiendas de su existencia y siendo menor de edad, le impidió, por años y hasta hoy, disponer y usufructuar de su porción legítima sobre los bienes hereditarios”, se expresó en la presentación judicial.

En 2019, tras el rechazo de una carta documento, inició una acción de petición de herencia contra la última pareja del fallecido, quien negó haber sabido de la existencia de la joven. También argumentó que ya no existía una herencia como tal, porque los bienes habían sido cedidos por actos particulares.

El fallo: mala fe y desamparo emocional

Si bien la jueza multifueros aceptó formalmente la excepción técnica y rechazó la acción de petición de herencia, valoró de manera contundente las pruebas presentadas. Especialmente, una escritura pública que certificó la existencia de los mensajes en Facebook entre las hermanas entre junio y octubre de 2012, es decir, antes de la muerte del padre.

Resulta imposible que su propia hija no le hiciera saber a su madre de la existencia de esta otra hija de quien en vida fuera su pareja”, sostuvo la magistrada. Y agregó: “Con esa omisión quedó probada la mala fe, y tanto la cesionaria como los hijos actuaron con el claro objetivo de dejar fuera de la masa hereditaria a la hija menor”.

La sentencia ordenó indemnizar por el daño moral con una suma de cinco millones de pesos, más intereses desde junio de 2013, fecha en que se concretó la cesión. La actualización judicial multiplicará el monto final. La jueza consideró que el ocultamiento generó un desamparo emocional profundo y le frustró a la joven “la posibilidad de desarrollarse y progresar en un momento crucial de su vida”.

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