Caso de bullying en Viedma: una menor volvió a la escuela y archivaron una medida cautelar
En una reciente decisión, la Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa N° 13 de Viedma determinó la conclusión del proceso cautelar solicitado el 17 de junio pasado por los padres de una menor de 15 años que había sido víctima de acoso escolar en un colegio secundario de esta ciudad.
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La medida cautelar autosatisfactiva tenía como objetivo garantizar la reincorporación inmediata de la menor a su curso original, correspondiente tras haber sufrido un grave ataque de bullying por parte de una compañera y la amenaza por parte del padre de esta última. Desde entonces, la menor experimentó ataques de ansiedad, pánico y un profundo temor que le impidieron asistir a clases.
Los padres de la menor manifestaron que acudieron innumerables veces al colegio, atento que las agresiones aumentaban progresivamente hacia su hija, quien era atacada con mayor frecuencia, y hasta algunos de sus compañeros debían intervenir en su defensa; y desde la institución nunca obtuvieron una solución al conflicto planteado
A lo largo del proceso, los padres de la menor presentaron múltiples denuncias y certificados psicológicos que documentaban el deterioro emocional de su hija. A pesar de las gestiones realizadas ante la dirección del colegio y otras autoridades, la institución inicialmente había optado por cambiar de aula a la menor, lo que generó un agravamiento en su estado.
En este marco, surge evidente que el presente proceso cautelar iniciado unos días atrás tiene por objeto que el establecimiento educativo permita la reincorporación inmediata de la adolescente para la asistencia regular a clases.
Ahora bien, del informe presentado por dicha institución educativa, se infiere que la estudiante retomó la presencialidad el día 26 de junio del año en curso.
Resolución
En razón a todo ello, atento la finalidad perseguida en estos autos, deviene en abstracto su continuidad, correspondiendo dar por concluido el mismo y firme proceder a su archivo, indica el fallo del tribunal que conduce Julián Fernández Eguía.
Sin embargo, el informe presentado por las autoridades educativas evidencia que la menor logró retomar la presencialidad a clases el 26 de junio de 2025, lo que llevó al juzgado a declarar la medida cautelar como abstracta y, por lo tanto, finalizar el proceso iniciado.
La resolución indica que no se impondrán costas debido a las características particulares del caso.