CASO MANDAGARAY
Mantuvieron en el STJ la absolución de los jefes Grasso y Szymansky
Con numerosos argumentos esgrimidos en el voto de Ricardo Apcarian, Sergio Ceci y Cecilia Criado, más la adhesión de Liliana Piccinini y la abstención de Sergio Barotto, los jefes policiales Carlos Grasso y Oscar Szymansky salieron airosos, y libres de culpa y cargo, del homicidio del joven oficial Gabriel Mandagaray ocurrido el 15 de abril de 2021 durante un curso de capacitación del grupo COER en Bahía Creek.
Es que la mayoría del máximo órgano judicial de la Provincia de Río Negro desestimó, en una sentencia de nueve páginas conocida hoy, las quejas que habían presentado el fiscal de la causa, Guillermo Ortiz y el abogado querellante de la familia Mandagaray, Damián Torres, en relación a que instancias inferiores –como el Tribunal de Juicio (TJ) y Tribunal de Impugnación (TI)- absolvieron a estos jefes.
Ortiz y Torres venían manteniendo el cuestionamiento achacándole a ambos que como oficiales superiores en ese momento en la Jefatura de la Policía de Río Negro no controlaron el curso en esa playa que derivó en la muerte del muchacho de 26 años.
En la sentencia final, los y las integrantes del Superior Tribunal de Justicia (STJ) sostuvieron que las quejas presentadas no pueden prosperar porque desatienden una acordada de ese órgano que dispone que quien presente un recurso deberá “[r]efutar en forma concreta y fundada, todos y cada uno de los fundamentos independientes que hayan dado sustento a la resolución denegatoria”.
Sostiene que las partes acusadoras no demuestran que el TI haya denegado arbitrariamente la vía extraordinaria pretendida, a lo que se suma que, en la resolución cuestionada, el órgano revisor precisó que los planteos recursivos que las partes reeditaban en las impugnaciones extraordinarias ya habían sido tratados y contestados en su sentencia, al rechazar las impugnaciones ordinarias.
El STJ puntualiza que, en esta última decisión, se afirmó que la sentencia del TJ contenía un desarrollo que permitía seguir un razonamiento lógico, con apoyo de doctrina y jurisprudencia en la materia, y “de ese modo, se estimó fundada la absolución de los imputados” de Grasso, en su carácter de Director de Capacitación, y de Szymañsky, como Jefe de Departamento de la Dirección de Capacitación y Perfeccionamiento.
A criterio de los máximos jueces “también se demostró que la normativa supuestamente incumplida (sobre el curso-Decreto 430/88) no les imponía deberes de control operativo sobre el curso básico COER que se llevó a cabo en 2021 y se constató que no se había acreditado, a partir de la prueba producida en el juicio, que los acusados hubieran omitido ilegal y dolosamente realizar las pretendidas tareas de control, conforme las exigencias del tipo penal contenido en el artículo 249 del Código Penal”.
Se insistió en que “en el rechazo de las impugnaciones ordinarias, el TI destacó asimismo que la sentencia desincriminatoria tenía sustento en la falta de las exigencias propias del delito atribuido, entre las que se encuentra el elemento subjetivo (dolo), y en el resultado de la prueba, que no acreditó de ningún modo la intención de los imputados”.
El primer juicio concretado en mayo del año pasado, se encontró culpables a quienes tenían a su cargo la capacitación. Se trata del jefe del COER, Alejandro Gattoni (4 años y 10 meses de prisión), de los instructores Alfredo Nahuelcheo (4 años y medio), Maximiliano Vitali Méndez y Marcelo Contreras (4 años y tres meses).
Sin embargo, el 21 de agosto pasado, el STJ anuló las condenas contra los instructores y ordenó un nuevo fallo solicitando un análisis más profundo de los argumentos planteados por las defensas. Lee también: https://www.noticiasnet.com.ar/noticias/2024/08/21/161539-escandalo-en-el-caso-mandagaray-el-superior-tribunal-de-justicia-anulo-las-condenas-contra-los-instructores-y-ordeno-un-nuevo-fallo