2024-06-16

VIEDMA-PENAL 1

Hubo una pelea, un interno terminó lastimado pero negaron una prisión domiciliaria

La refriega se produjo el jueves en el instituto carcelario.

La jueza de Ejecución Penal N° 8 de esta capital, Shirley González, rechazó ayer una acción de Hábeas Corpus interpuesta  por el interno EHP bajo el fundamentos de que no existen  motivos para habilitar la excepción de arresto domiciliario, y porque “no se  vislumbra  agravamiento de las condiciones de detención, en virtud de los fundamentos expuestos”.

La resolución está vinculada con una presentación del defensor oficial, Adrián Zimmermann, solicitando que su asistido sea alojado en condiciones dignas y acorde a la situación de salud  que padece  producto de agresiones que sufrió, a la vez que pidió que se dicte  la prisión domiciliaria hasta  tanto se resuelva la cuestión de salud  y de seguridad.

El reclamo apuntó a que el jueves se informó desde el Penal que su asistido sufrió agresiones de parte de otros internos, no obstante la jueza observó que recibió atención médica dentro del complejo  y si bien  las  heridas no  revestían gravedad, fue  trasladado con posterioridad  al Hospital Zatti,  como también   que no quiso realizar la denuncia  ni  aportar  datos  de los internos  con los que mantuvo  conflicto.

Al día siguiente, se constató que el interno tuvo problemas de  convivencia y por ese motivo fue  reubicado en las celdas de pre-ingreso, a razón de que  fue agredido por otros internos con los cuales  compartía alojamiento, y en la nueva ubicación cuenta  con las condiciones  mínimas de habitabilidad,  posee  cama, colchón,  frazada, sabanas, agua fría y caliente, negando a su vez  que el baño se encuentre tapado y que está  en condiciones de ser utilizado.

Además, se verificó que  el sector  cuenta con una pequeña mesa  de material que puede ser utilizada  para apoyar los alimentos  que en forma   diaria se entregan y que el alojamiento es individual, que  se encuentra alojado  en dicho sector  con el único fin de  asegurar  su integridad  física  y que permanecerá en dicho sector  hasta tanto se logre reubicarlo en un lugar acorde al delito cometido, fase y progresividad, entre   otras  manifestaciones.

No obstante, la magistrada requirió a  la dirección  del  establecimiento que arbitre los medios necesarios  a fin de  continuar   garantizando   la integridad  psicofísica  del interno, y al área médica del establecimiento que realice  un seguimiento  del estado de salud  del interno  como también de las condiciones de detención de la  celda  de pre-ingreso donde se lo aloje.  

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