VIEDMA-PENAL 1
Hubo una pelea, un interno terminó lastimado pero negaron una prisión domiciliaria
La jueza de Ejecución Penal N° 8 de esta capital, Shirley González, rechazó ayer una acción de Hábeas Corpus interpuesta por el interno EHP bajo el fundamentos de que no existen motivos para habilitar la excepción de arresto domiciliario, y porque “no se vislumbra agravamiento de las condiciones de detención, en virtud de los fundamentos expuestos”.
La resolución está vinculada con una presentación del defensor oficial, Adrián Zimmermann, solicitando que su asistido sea alojado en condiciones dignas y acorde a la situación de salud que padece producto de agresiones que sufrió, a la vez que pidió que se dicte la prisión domiciliaria hasta tanto se resuelva la cuestión de salud y de seguridad.
El reclamo apuntó a que el jueves se informó desde el Penal que su asistido sufrió agresiones de parte de otros internos, no obstante la jueza observó que recibió atención médica dentro del complejo y si bien las heridas no revestían gravedad, fue trasladado con posterioridad al Hospital Zatti, como también que no quiso realizar la denuncia ni aportar datos de los internos con los que mantuvo conflicto.
Al día siguiente, se constató que el interno tuvo problemas de convivencia y por ese motivo fue reubicado en las celdas de pre-ingreso, a razón de que fue agredido por otros internos con los cuales compartía alojamiento, y en la nueva ubicación cuenta con las condiciones mínimas de habitabilidad, posee cama, colchón, frazada, sabanas, agua fría y caliente, negando a su vez que el baño se encuentre tapado y que está en condiciones de ser utilizado.
Además, se verificó que el sector cuenta con una pequeña mesa de material que puede ser utilizada para apoyar los alimentos que en forma diaria se entregan y que el alojamiento es individual, que se encuentra alojado en dicho sector con el único fin de asegurar su integridad física y que permanecerá en dicho sector hasta tanto se logre reubicarlo en un lugar acorde al delito cometido, fase y progresividad, entre otras manifestaciones.
No obstante, la magistrada requirió a la dirección del establecimiento que arbitre los medios necesarios a fin de continuar garantizando la integridad psicofísica del interno, y al área médica del establecimiento que realice un seguimiento del estado de salud del interno como también de las condiciones de detención de la celda de pre-ingreso donde se lo aloje.