Eximen a un padre de pagar alimentos a su hijo que cumplió 21 y no estudia
Durante el mes de abril pasado compareció ante la Unidad Procesal N° 7 (Juzgado de Familia), a cargo de María Laura Dumpé, un vecino de esta ciudad quien solicitó el cese de la cuota alimentaria oportunamente dispuesta a favor de un hijo. Argumentó que cumplió 21 años y que no se encuentra estudiando.
Para definir el caso, la magistrada apeló a amplias interpretaciones judiciales sobre esta cuestión, señalando a continuación que el hijo debe probar que el régimen de esos estudios, por ejemplo, el cursado o el cumplimiento de otras obligaciones curriculares, le impiden realizar cualquier actividad rentada.
Sin embargo, de acuerdo a la normativa vigente advirtió que “debió el joven, si pretendía la subsistencia de la obligación alimentaria en base a lo normado por el artículo N° 663 del Código Civil y Comercial en su intento de mantener la cuota pactada, probar los recaudos necesarios para continuar percibiéndola” por lo tanto “los fundamentos esgrimidos me llevan a concluir que corresponde hacer lugar al pedido de cese de cuota alimentaria”.