Volcó y luego de un año el seguro le quería pagar sin tener en cuenta la inflación: la suma que consiguió tras la demanda
El contexto en el que vivimos hace que, en lo que tiene que ver con el dinero, cada segundo cuente. Es muy fácil perder pesos ante el contexto inflacionario y mucho más cuando hay demoras, como el cobro del seguro por un bien perdido, como en este caso.
En mayo de 2022, un hombre que se circulaba desde Bahía Blanca a Viedma, a unos 100 kilómetros antes de llegar, volcó y su auto quedó destruido. Intervino la aseguradora, le reconoció la destrucción total, pero recién al año le hizo el ofrecimiento económico. A mediados de 2023, le querían abonar lo que salía el auto cuando se produjo el hecho.
Ante esto, y porque la demora fue de la parte que debía pagar, el hombre reclamó intereses, ya que por la inflación no cubría ni la mitad del valor de la camioneta en cuestión. Lo que le quisieron dar eran unos 4.4 millones de pesos, lo que figuraba en la póliza al momento de volcar. El hombre se opuso. Entonces, en junio del año pasado, comenzó un juicio en el Juzgado Civil de Viedma.
El juez que intervino, en el fallo, mencionó: “No existe discrepancia entre las partes respecto de la aplicación de la cláusula de Daño Total”. Respecto a los intereses, el magistrado entendió que resultan aplicables antecedentes del Superior Tribunal de Justicia.
“En tanto el siniestro fue denunciado a la aseguradora en fecha el 11 de mayo de 2022” la mora comienza a regir 15 días después, “conforme art. 49 de la Ley 17.418”. Recordó que “en los contratos de seguros nos encontramos frente a un microsistema y que este se nutre de dos normativas: por una parte, la Ley de Seguros y por otra, la Ley de Defensa del Consumidor”.
En ese punto, “jugó la estrategia inicial de la aseguradora en cuanto a un ofrecimiento de un monto – sin intereses-, y ante la persistencia en esa postura, no solo se transforma en incumplimiento contractual, sino que también se configura en falta de una adecuada información al consumidor”.
“El monto de cobertura que se considera la medida del seguro de 4.4 millones actualizado a la fecha de la presente conforme a calculadora oficial del Poder Judicial asciende a la suma de 10.143.950,65 millones”, dice el fallo.
Luego analizó otros rubros de indemnización. Por privación de uso, el dueño de la camioneta explicó que era utiliza para para su trabajo, llevar los hijos al colegio, y las distintas actividades de la familia, con todo lo que esto significa tener respuestas recién un año después.
El juez tuvo en cuenta que fue necesario la utilización de taxis. Que la falta de pago de la prima le impedido comprar otro vehículo que permitiera el traslado de la familia y, ante esto, también agregó: “Resulta razonable hacer lugar al planteo por la suma de 4 mil pesos diarios a razón de cuatro viajes, ya sea para atender obligaciones familiares o laborales, no así respecto de gastos vacacionales de traslado los que debieron ser acreditados”. Así, fijó la indemnización por este rubro en un 1.7 millones de pesos más a la suma ya mencionada.
Por último, la persona reclamó el daño punitivo, el juez también lo favoreció en ese punto, y lo fijó en 5 millones de pesos. Así la aseguradora deberá pagar casi 16 millones en la sumatoria de las indemnizaciones.