Habilitan la feria judicial para tratar por separado los amparos contra el DNU
El juez Enrique Lavié Pico decidió habilitar la feria judicial para que se traten por separado las distintas presentaciones judiciales realizadas contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Gobierno de Javier Milei. Esta resolución desarma el proceso colectivo en el cual el Ejecutivo buscaba que convergieran todas las objeciones presentadas.
En el fuero Contencioso Administrativo Federal, se habilitó la tramitación individual de cada presentación realizada contra el DNU. Mientras tanto, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó una medida cautelar suspendiendo la aplicación del capítulo laboral del DNU.
Esta es la segunda medida cautelar otorgada por la cámara del fuero laboral, habiendo otorgado la primera a un planteo de la CGT y la segunda a uno de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).
El juez Lavié Pico declaró la inadmisibilidad formal de la acción como proceso colectivo y ordenó la desvinculación inmediata de las actuaciones presentadas al Registro de Procesos Colectivos. Asimismo, dispuso que todas las actuaciones relacionadas con el proceso colectivo sean remitidas a las jurisdicciones correspondientes.
Estas decisiones y medidas cautelares han generado una disyuntiva en cuanto a la acumulación de las causas, ya que el Estado Nacional solicitó que los casos presentados en el fuero laboral sean acumulados en el fuero Contencioso Administrativo Federal.
En cuanto a las medidas cautelares dictadas por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, se establece la suspensión de los efectos del DNU en lo referido al capítulo laboral hasta que se tome una resolución definitiva sobre el fondo del asunto.