2023-12-28

Gobierno lanza plan de regularización laboral para empleadores privados: de qué se trata

El presidente Javier Milei impulsa un "blanqueo laboral" para promover el empleo registrado y regularizar relaciones laborales no declaradas en el sector privado.

El presidente Javier Milei ha enviado al Congreso una ley ómnibus que lleva por título Promoción del Empleo Registrado, que contempla un plan de regularización de deudas para empleadores del sector privado que no han registrado sus relaciones laborales correctamente.

Esta iniciativa tiene como objetivo principal "promover el empleo registrado y brindar la oportunidad a los empleadores de regularizar las relaciones laborales vigentes que han iniciado antes de la promulgación de esta ley". Esto incluye tanto las relaciones laborales no registradas como aquellas que están deficientemente registradas.

Una de las principales medidas de este plan consiste en la condonación de deudas, multas y sanciones, con la extinción de acciones penales. Los empleadores tendrán un plazo máximo de 90 días para sumarse a este "blanqueo laboral" una vez que sea aprobado y entre en vigencia. Durante este período, deberán registrar a todo su personal no declarado y tendrán un máximo de 5 años para regularizar la situación laboral de estos empleados.

La reglamentación de esta ley determinará los efectos que tendrá la regularización de las relaciones laborales, incluyendo la extinción de la acción penal recogida en la Ley N° 27.430 y la condonación de infracciones, multas y sanciones impuestas por diversas leyes relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social.

Además, dentro de los efectos de esta regularización se contempla la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) para aquellos empleadores que hayan regularizado a la totalidad de sus trabajadores que se encontraban listados en dicho registro y hayan pagado las multas correspondientes.

También se prevé la condonación de la deuda por capital e intereses generada por la falta de pago de aportes y contribuciones destinados a los distintos Subsistemas de la Seguridad Social. Estos incluyen el Sistema Integrado Previsional Argentino, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, el Régimen Nacional del Seguro de Salud, el Fondo Nacional de Empleo, el Régimen Nacional de Asignaciones Familiares y otros regímenes laborales o de seguridad social que sean determinados en la reglamentación.

La reglamentación también establecerá los porcentajes de condonación que se aplicarán, los cuales deberán ser superiores al 70% de las sumas adeudadas. Asimismo, se podrán establecer incentivos para aquellos empleadores que liquiden la deuda de manera anticipada y beneficios especiales para las Pequeñas y Medianas Empresas.

Los trabajadores incluidos en la regularización podrán computar hasta 60 meses de servicios con aportes, tomando como base un monto mensual equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil vigente al momento de la regularización. Esta computación de meses servirá para cumplir con los años de servicios requeridos para acceder a la Prestación Básica Universal y al beneficio de la Prestación por Desempleo.

Es importante destacar que la regularización de las relaciones laborales deberá realizarse dentro de un plazo máximo de 90 días una vez que se publique la reglamentación de la ley. Esta reglamentación también podrá contemplar planes de regularización plurianuales, con una regulación anual mínima del 20% de las diferencias, estableciendo un porcentaje constante o decreciente a lo largo del programa de regularización.

Además, el presente régimen también permitirá la inclusión de deudas que se encuentren en disputa en sede administrativa, contencioso administrativa o judicial, siempre y cuando los empleadores se allanen incondicionalmente y renuncien a toda acción y derecho relacionados con dicha disputa.

La Administración Federal de Ingresos Públicos y las instituciones de la seguridad social se abstendrán de formular determinaciones de deuda y actas de infracción por las mismas causas y períodos que estén comprendidos dentro de la regularización laboral correspondiente.


Te puede interesar