RÍO NEGRO
Advierten que las multas a los incendiarios pueden superar los 32 millones de pesos
El Poder Ejecutivo provincial emitió el Decreto N° 198 por el que declara el estado de Emergencia ígnea por riesgo extremo de incendios, y en ese marco se establecieron graves sanciones por contravenciones relacionadas con la generación de fuego al aire libre. El plazo de esta situación, de carácter pertubable, se encuentra vigente desde el 18 de diciembre de 2023 hasta el 30 de abril de 2024.
Con el fin de prevenir daños ambientales, personales y patrimoniales en Río Negro, el Servicio de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales (SPLIF) a través del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, definió multas y estableció medidas preventivas a concesionarios, propietarios y entidades turísticas.
Esta estrategia tiene como objetivo principal prevenir las graves consecuencias de los incendios que afectan principalmente a las actividades productivas y de turismo, e implican el uso de recursos estatales para combatir el fuego y abordar las consecuencias económicas resultantes.
Las multas van desde 100 hasta 100,000 litros de gasoil ultra diesel YPF, con incrementos basados en el riesgo, peligro, daño potencial y otras circunstancias evaluadas de acuerdo con los artículos 46 y 47 del Decreto 64/20. Tomando en cuenta que este carburante cuesta en los surtidores 325 pesos, las sanciones pecuniarias oscilarán entre los 32.500 y los 32,5 millones de pesos.
Por otra parte, se informó que fue convocado al Servicio Provincial de Lucha contra Incendios Forestales (SPLIF) de las distintas localidades, a los municipios y a las comisiones de fomento a adherirse a la normativa tomando las medidas de prevención y difusión pertinente, teniendo en cuenta que la mayoría de los incendios se encuentran vinculados a acciones intencionales o negligencia en su uso.