ANMAT prohíbe la venta de un aceite de oliva: los motivos
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha anunciado la prohibición de la producción y comercialización de un popular aceite de oliva producido en la región de Traslasierra, en Córdoba. La decisión, detallada en la Disposición 9731 publicada en el Boletín Oficial, se basa en la falta de rótulos adecuados en el producto.
La medida adoptada por la ANMAT surgió a raíz de una investigación realizada por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) después de recibir quejas de consumidores sobre este aceite de oliva en particular. Ante estas denuncias, se decidió comprobar si el artículo contaba con el número de registro correspondiente a la región de Traslasierra, para lo cual se contactó a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba.
Tal lo expresado en el sitio informativo de Cipolletti, www.cipo360.com.ar, la ANMAT también prohibió tratamientos capilares que eran promocionados por famosas.
Sin embargo, se descubrió que el código de registro presente en el rótulo no coincidía con la jurisdicción consultada. Además, se investigó la participación de las áreas de Bromatología de Las Rabonas y Mina Clavero, así como de la Dirección de Calidad Alimentaria de la Municipalidad de Córdoba.
La investigación llegó a su fin cuando el último organismo mencionado realizó una inspección y constató la venta del aceite de oliva en cuestión. A través de una serie de operativos, se determinó que el producto carecía de registros de establecimiento y de producto, además de estar falsamente rotulado, lo que llevó a la ANMAT a tomar la decisión de prohibir su venta y elaboración.
La disposición oficial de la ANMAT estableció que este aceite de oliva no podrá ser producido, comercializado ni vendido en ninguna parte del país debido a la incapacidad de ser identificado de manera veraz y clara como un producto producido, elaborado y/o envasado en un establecimiento legítimo.