2023-09-26

Caso Lucio: perpetuas confirmadas a las condenadas y se suma abuso sexual a la madre de la víctima

La Justicia agravó la pena para Magdalena Espósito Valenti y le añadió el delito por el que ya había sido condenada Abigail Páez.

La Justicia de La Pampa confirmó este martes las condenas a prisión perpetua de Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez por el homicidio de Lucio Dupuy y, a su vez, agravó la pena para la madre del niño de 5 años que murió en 2021 en Santa Rosa, La Pampa.

El Tribunal, conformado por la jueza María Eugenia Schijvarger y el juez Mauricio Piombi, acompañados por la secretaria María Elena Grégoire, aceptó todos los planteos de la fiscalía, admitió parcialmente los de la querella y rechazó los cuestionamientos de las defensas de las imputadas.

Ahora Espósito Valenti es también culpable del delito de abuso sexual, cuya calificación legal fue agravada al sumarle la figura de gravemente ultrajante, informaron fuentes judiciales.

Si bien el Tribunal había absuelto a la madre de Lucio de la acusación de abuso sexual agravado -por el beneficio de la duda-, ahora el TIP calificó la conducta de la progenitora con la misma calificación que su pareja con el agregado del "abuso gravemente ultrajante". Las fiscales María Mónica Rivero y Verónica Ferrero consideraron que la Audiencia de Juicio valoró "erróneamente una serie de pruebas" y sostuvieron que sí fueron probados los abusos en el ámbito intrafamiliar por parte de las dos condenadas.

 

 

Tras valorar las pruebas y escuchar las testimoniales, los dos magistrados del TIP concluyeron que Espósito Valenti -su mamá- también abusó del pequeño de cinco años. Entre los argumentos señalan que al horario de la muerte, por golpes y agresión sexual, solo estaba ella en el departamento que compartían. Además, luego de la autopsia, revelaron que el niño fue agredido sexualmente durante las semanas previas al día de su fallecimiento. También le dieron la razón al abogado querellante, en representación del papá del niño, por el abuso denunciado pero denegaron el cuarto agravante por "odio de género".

Por otro lado, las defensoras oficiales de las ahora condenadas, María Silvina Blanco Gómez y Alejandra Moyano González, aseveraron que "existió una actividad procesal defectuosa, hubo anomalías en la realización de una biopsia y en las conclusiones de las entrevistas efectuadas por psicólogas y psiquiatras" a las imputadas. Además señalaron que era "inconstitucional" que no se fijara la cantidad de años que significa la perpetua.

 

 

Moyano González también había pedido que Espósito Valenti sea absuelta por el homicidio, con el argumento de que no estuvo en la casa familiar cuando Lucio fue golpeado; y Blanco Gómez que Páez sea condenada por homicidio preterintencional, es decir sin intención de matar. El TIP descartó cada uno de los fundamentos.

 

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