POLICÍA DE RÍO NEGRO
Habilitan más fallos contra la Jefatura por adicionales impagos
La Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial admitió en forma parcial el pedido de tres nuevos uniformados en actividad, quienes reclaman un reajuste en sus haberes. De esta manera, reconoció el carácter remunerativo de los adicionales “presentismo” y “Decreto 1142/11” contra.
A su vez, el tribunal compuesto por Gustavo Guerra Labayén, Rolando Gaitán y Marcelo Valverde, declaró a ese solo efecto, la inconstitucionalidad de las normas que les dieran origen en cuanto les asignan carácter "no-remunerativo".
Las sentencias disponen asimismo que, tanto los suplementos referidos en el punto precedente como los denominados “extensión horaria", “suma remunerativa policial” y “Complemento Remunerativo”, integren la base para el cálculo de la compensación por "zona desfavorable", y se proceda a su liquidación retroactiva por todo el período no prescripto (desde marzo de 2020 -tres años antes de la interposición de la demanda conf. Ley 5339- hasta el presente) con los intereses correspondientes calculados de acuerdo con la tasa fijada en el precedente “FLEITAS” del Superior Tribunal de Justicia, y desde aquí en adelante.
Ordena a las partes que, en el término de 15 días, presenten planilla de liquidación de las diferencias salariales que aquí se reconocen, la que deberá incluir el cálculo de los aportes y contribuciones correspondientes, bajo apercibimiento, en caso de no hacerlo, de designar perito contador a esos efectos.
Ya son varios, que desde principio de año, ese tribunal emite sentencias en contra de la mala liquidación de la “zona desfavorable” a policías quienes se quejan con motivo de que representa solamente un 18% sobre un 40% como debiera ser.