ELECCIONES
Las consecuencias por no votar en las elecciones PASO 2023
Este domingo 13 de agosto se llevarán a cabo las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) en Argentina, donde se definirán los candidatos a Presidente que participarán en las elecciones generales de octubre. Es importante recordar que el voto en estas elecciones es obligatorio, y quienes no cumplan con esta responsabilidad podrían enfrentar sanciones y multas.
¿Qué pasa si no voto?
En caso de no emitir el voto en las elecciones PASO 2023, la obligación de votar en las elecciones generales de octubre permanece vigente. Sin embargo, es necesario justificar la ausencia ante la Secretaría Electoral correspondiente dentro de los 60 días posteriores a la elección, para evitar ser inscripto/a en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
Si se es mayor de 18 y menor de 70 años y no se puede justificar la no emisión del voto:
- Se aplicará una multa económica y se formará parte del Registro de Infractores al deber de votar.
- Además, se establece una prohibición para ejercer funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
- La falta de pago de la multa también implica la imposibilidad de realizar gestiones o trámites ante organismos estatales durante un año.
La Cámara Electoral dispone de excepciones en las cuales el votante está exento de asistir a votar. Estas incluyen encontrarse a más de 500 kilómetros de distancia del lugar de votación y justificarlo ante la autoridad policial más cercana, estar enfermo o imposibilitado por una razón de fuerza mayor documentada por un profesional de la salud, formar parte de un organismo o empresa de servicios públicos con funciones que impiden asistir a votar, o ser juez o auxiliar y mantener la oficina abierta durante los comicios.
En caso de no poder asistir a los comicios por razones de salud, es necesario justificarlo el mismo día de las elecciones a través de un certificado expedido por un hospital público o privado, el cual debe entregarse dentro de los 60 días ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral correspondiente.