2022-12-21

Familia narco: un matrimonio fue condenado por vender cocaína junto a su hija

Un matrimonio de la ciudad de Santa Fe fue condenado a penas de hasta seis años y ocho meses de prisión por los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y de tenencia simple. La droga fue detectada durante un retén policial en donde fue arrestada la hija de la pareja con un ladrillo de cocaína en su auto, también condenada

Todo comenzó con una denuncia de la Fiscalía Federal N° 2 de Santa Fe, que impulsó la investigación de una presunta organización criminal destinada al comercio de drogas. En ese marco se ordenaron medidas tendientes a identificar a los involucrados en la actividad. Eso encendió las alarmas sobre Rosana Carina González y Claudio “Chancha” Luis Cardoso, el matrimonio santafesino de 44 y 47 años respectivamente.

Se sospecha que la pareja estaría vinculada a Lorena Melgarejo y Claudio “Pulga” Casco, también investigados por el hallazgo de una avioneta narco proveniente de Paraguay que descargó estupefacientes en el departamento San Justo y luego se estrelló en zona de la localidad de Naré. La pareja fue arrestada después de vivir dos años prófugos

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Algunos mensajes enviados al celular de Rosana González la habrían alertado de un inminente allanamiento a su domicilio, cuando personal de la Brigada de Drogas de la Policía Federal ya estaba investigándolos. El matrimonio tomó una decisión: encomendarle a su hija, Diamela Carina Cardoso, que se llevara del hogar un ladrillo de cocaína con un peso aproximado de 487,6 gramos, según la valoración de la prueba surgida en el expediente “Gónzalez Rosana Carina y otro s/ infracción ley 23. 737″.

El matrimonio ya contaba con causas previas, por lo que el juez Luciano Lauria, miembro unipersonal del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la ciudad santafecina, decidió unificar las condenas de cada uno, ordenando, así, revocar la ejecución condicional de la que gozaba Rosana González y fijarle “una pena de 5 años de prisión y multa de cuarenta y cinco unidades fijas”, según los términos de la ley 27.302. Y a Claudio Cardoso, imponerle “una pena de 6 años y 8 meses de prisión”, con la misma multa y la declaración de reincidencia.

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