2022-09-19

“Papá por siempre”: una niña le dijo a una jueza que prefiere quedarse con el hombre que la crió

En 1993, el actor Robin Williams interpretó a la cuidadora Doutfire en “Papá por siempre”, una película cuya trama era disfrazarse de niñera anciana para pasar más tiempo con sus hijos en el marco de un divorcio. Lejos de la ficción, existe un caso real, pero quien esta vez talló fuerte fue una niña.

La niña creció con un hombre al que siempre reconoció como su papá, nunca tuvo dudas. El hombre la crió como su hija. Muchos años después, la mamá dijo que no era el papá. Técnicamente presentó ante la Justicia rionegrina una "Impugnación de reconocimiento de la paternidad" que había hecho el hombre.

Lo que pretendía la madre era se anule esa paternidad, pero el nuevo Código establece que se escuche a la niñez y se priorice su sentimiento y la crianza. Un fallo dispuso escuchar a la niña de 10 años, rechazó el pedido de la madre, y quien la crió como su padre seguirá ejerciendo la paternidad.

La niña fue asesorada por su propia abogada, fue escuchada y logró que se rechace (en una primera instancia) la demanda de Impugnación instada por su propia madre.  El proceso judicial comenzó con la demanda de la madre.

Los tres -luego de la evaluación efectuada por el Centro de Atención a la Defensa Pública (CADEP)- cumplían los requisitos para ser representados por defensores/as públicos/as y así se dispuso. Asimismo en el proceso debía intervenir un Defensor/a de Menores e Incapaces.

Todos esos actores junto con la Jueza Multifueros de San Antonio Oeste participaron de este proceso cuya dirección cambió cuando la niña se presentó con la asistencia letrada de su propia abogada designada por la Magistrada e hizo escuchar su voz, contraria a lo que pretendía su madre. No obstante aún queda abierto un plazo para que las partes puedan apelar la decisión tomada en primera instancia.

Tal como destaca la sentencia judicial, la niña fue escuchada en julio de este año en el marco de una audiencia judicial en la cual “manifestó claramente su postura”. Tal situación está permitida en el Código Civil y Comercial.

En este caso, al pretender la madre de la niña instar la impugnación de reconocimiento 10 años después de su nacimiento y al contraponerse esta pretensión con el propio deseo de la niña, se privilegió la voz de esta última que no quería “someterse a realización de la prueba de ADN ni a cualquiera similar ni a la toma de muestras de sus pertenencias, por los miedos ante los eventuales cambios que pudiera generar su resultado”.

La Jueza agrega además que en estos años la niña “ha logrado consolidar y construir desde hace muchos años vínculos afectivos con su familia paterna la que no desea modificar y se encuentra contenida, en un ámbito de pertenencia, sobre el cual ha edificado su personalidad, sus afectos, sus sentimientos, sus ansias, proyectos y sueños”.

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