El penitenciario Huichaqueo volvió a sentarse en tribunales: esta vez por la impugnación de su condena
Desde las 9 de esta mañana, el penitenciario Mario Huichaqueo está sentado frente a la Justicia una vez más, en esta oportunidad por el Tribunal de Impugnación.
Al uniformado se lo condenó por el delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego, cometido en exceso de la legítima defensa, y recibió una pena de cuatro años de prisión.
Todo por el hecho que ocurrió en el barrio Zatti de Viedma, en la madrugada del 2 de noviembre de 2019 cuando el penitenciario efectuó una serie de disparos contra Rolando Vera. Uno de ellos terminó con la muerte del joven.
En esta ocasión, la Fiscalía representada por Juan Pedro Peralta y Yanina Estela Pasarelli pidió que el caso se reencuadre como homicidio agravado por el uso de arma de fuego, mientras que la defensa espera que se revea la pena y que sea menor a tres años.
En su alocución, Pasarelli explicó: "Hubo un error de segmentación de los hechos que se produjo y la consecuente errónea calificación legal. El tribunal de juicio hizo un racconto sesgado de la prueba que se produjo, pero en ningún momento la analizó, no hizo una valoración en las jornadas del debate. En este punto, es que la sentencia no expone en ninguna instancia cuál fue el razonamiento lógico que condujo a las conclusiones que arribó el tribunal".
La funcionaria judicial cuestionó que todo el proceso se basó en testimonios del imputado y de los testigos de Huichaqueo.
Para la Doctora "los testigos mostraron un vínculo estrecho con la familia de Huichaqueo, motivada principalmente por una relación de vecindad de muchísimos años y aportaron poco objetivamente sobre el hecho que se investigaba y eso lo notamos en los alegatos de clausura" y completó: "Casualmente éstos son los únicos testigos que aluden a una lluvia de piedras y botellas que destruyó al auto y la casa de la familia Huichaqueo".
Los jueces que tendrán la última palabra son Miguel Ángel Cardella, María Rita Custet y Carlos Mussi.
El fallo
En el juicio se presentaron pruebas documentales, pericias sobre el cuerpo, balísticas, testimonios de testigos directos e indirectos, de familiares de la víctima y el acusado.
El fallo, de más de 60 páginas, expresó que “luego de haber identificado las posturas esgrimidas por las partes en sus alegatos de clausura, oída la totalidad de la prueba testimonial y pericial producidas”, se entendió que se estaba ante “un cuadro probatorio complejo” donde se pudo resolver que existió un “enlace entre la acción de Huichaqueo y el resultado del fallecimiento de la víctima”, pero “no así el dolo con el que la Fiscalía dice que actuó, considerando que hubo una intención de defenderse en el imputado, que al momento de ser ejercida, superó los límites en exceso”.
El Tribunal reconstruyó los momentos previos al hecho en base a los testimonios y prueba colectada. Huichaqueo fue alertado en la madrugada que había un robo en el domicilio de su madre. Llegó y advirtió que “los ladrones desplegaron una violencia que alarmó a la madre de Huichaqueo y al hermano”.
“Ante ello, y frente al hecho vivido el imputado ingresó al hogar, se entrevistó con sus familiares, fue a su cuarto, donde tomó el arma de fuego provista reglamentariamente por su empleadora, y dos cargadores y de allí se dirigió a la plaza donde se encontró con Vera y otro joven”, indicó la sentencia.
“Se dirigió a la plaza, encaró a Vera y al otro joven, que estaban juntos bebiendo. Con el arma en la mano, enfrentó a los nombrados, en una acción imposible de avalar, desde la prudencia, o desde el saber policial, o desde el lugar que le correspondía como ciudadano víctima de un delito. En nada servía dicha actitud”, relató el escrito.
“Se produjo un momento de tensión cuando el imputado acercó el arma junto a la cabeza de Vera, y disparó, lo que hizo en dos ocasiones. Y encima, produjo un tercer disparo, con el que hirió a una perra”, añadió.
En ese momento llegó el personal policial, hicieron retirar a Huichaqueo con el vehículo, pero Vera arrojó una piedra que habría dañado la luneta, según lo reconstruido. Los jueces relataron que estos primeros hechos -los de la plaza- no formaron parte de la acusación y por lo tanto no fueron punibles.
Tras volver a su casa, se encontró con quien luego fuera la víctima y un grupo de personas que “lo estaban esperando y lo agredieron con piedras contra él y su auto. Paralelamente, él comenzó a disparar, y lo hizo en una postura que él dice disuasiva”.
Es aquí donde, de acuerdo al fallo, se centra la resolución: al llegar a su casa, “y encontrarse con los piedrazos de Vera y sus compañeros, empezó una secuencia en la que recibió una agresión ilegítima por parte de aquellos, con peligro cierto e inminente contra su integridad personal, o incluso la de sus familiares que estaban dentro de la casa”.