Conflicto vecinal: una mujer fue denunciada por llenar de espinas el cantero para que no se acerquen chicos
Una de las reglas básicas de todos barrios tiene que ver con la buena convivencia con los vecinos. Esto es clave porque, al menos que alquiles, son las personas con las que te verás a cruzar siempre. Una buena relación puede transformarse en que te pueda ir de vacaciones tranquilamente, por ejemplo, porque tus laderos estarán atentos a lo que pasa en tu vivienda.
Sin embargo, cuando ocurre lo contrario, todo se convierte en un verdadero drama. Esta es la historia de dos personas que no se llevan nada bien, que no pudieron resolver nada por intermedio del diálogo, y esto llevó a que interviniera el juzgado de Paz de Cipolleti, donde ocurrió el hecho.
La mujer denunciada fue acusada de poner espinas en el cantero, de prohibir la libre circulación de los niños de la cuadra y de conducir por fuera de lo establecido en la ley de tránsito. Claro, como suele ocurrir en estos casos, hubo denuncias cruzadas entre las partes. Más allá de la medida para que lo intenten resolver, no lograron nada.
En ese contexto, la mujer acusada también hizo una presentación ante el juzgado de faltas de la municipalidad de Cipolletti. Pero ocurrió que al primer denunciante se le sumó un grupo de personas que vive en las inmediaciones de su casa y reunió firmas para echarla del barrio.
Contaron que ella salía a gran velocidad del garaje de su casa, que no respetaba la velocidad mínima en la calles del barrio, que soltaba a su perro con total despreocupación, que impedía el juego al aire libre de los chicos. Incluso, lo que empezó todo, que colocaba espinas en el cantero para ahuyentar todo tipo de presencia humana y animal en su vereda.
Desde el juzgado de Paz se les explicó a los vecinos que hicieron la presentación que este tipo de conflictos se resuelven a través del diálogo e incluso de la mediación. Y que no existen posibilidades legales, al menos en esta instancia, de excluir a una persona del barrio.
La resolución interlocutoria que firmó la jueza de Paz de Cipolletti dictó medidas recíprocas entre la vecina y el hombre que se puso al frente del conflicto. Ambos deberán abstenerse de realizar actos molestos y/o perturbadores y/o de hostigamiento, proferir insultos y/ o agravios de cualquier índole y por cualquier medio de comunicación, en el marco de la normal tolerancia que debe existir entre los vecinos.
Qué dice la normal tolerancia en la legislación
El Código Civil y Comercial de la Nación utiliza el vocablo “inmisiones” para definir las molestias que ocasionan el humo, calor, olores, luminosidad, ruidos, vibraciones o inmisiones similares por el ejercicio de actividades en inmuebles vecinos. La norma establece que esas inmisiones no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar y aunque medie autorización administrativa para aquéllas.
Por otro lado, el artículo 1973 del Código Civil agrega que según las circunstancias del caso, los jueces pueden disponer la remoción de la causa de la molestia o su cesación y la indemnización de los daños. Para disponer el cese de la inmisión, el juez debe ponderar especialmente el respeto debido al uso regular de la propiedad, la prioridad en el uso, el interés general y las exigencias de la producción.