Subió a la ruta como venía desde un camino de Idevi y provocó un accidente: fue condenado económicamente
En marzo de 2018, un accidente tuvo lugar en la ruta Nacional N° 1, a la altura de Idevi. Ese día, una pareja que iba camino a Viedma a bordo de un Peugeot 207, chocó contra una camioneta Ford F100 que repentinamente se subió a la cinta asfáltica desde uno de los caminos rurales.
El vehículo menor quedó inutilizable, productor de las graves averías, y la señora que iba de acompañante sufrió distintas lesiones. A raíz de esto, primero se le inició una causa penal a ella, que culminó con una suspensión de juicio a prueba. Luego, fue la mujer inició una causa penal contra el conductor de la camioneta.
En primera instancia, el hombre de la F100 aseguró que la culpa era del vehículo menor, ya que según su parecer “se desplazaba a 130 km”. Por otra parte, se negó al resarcimiento económico porque adujo tener el seguro al día y que en todo caso la compañía debía hacerse cargo del monto.
Esto llevó a que la Justicia empezara a recopilar pruebas. El primero en prestar testimonio fue un vecino de la chacra, que iba atrás del conductor de la camioneta. Destacó que llegando a la ruta, la camioneta conducida por el demandado “se mandó sin frenar, como venía”.
Luego atestiguó una señora que le compró el Peugeot a la acompañante del conductor luego del siniestro. Lo adquirió por una cuarta parte de lo que valía, la mujer sostuvo: “El auto estaba irreconocible, no servía para nada. Tenía todo el frente, el parabrisas y destrucción total de la parte de adelante”.
Más adelante declaró un mecánico que evaluó el auto: “El choque fue grande y se rompieron muchísimas cosas”. Al ser consultado si merecía la pena la reparación del vehículo señaló: “No, porque con poquitas cosas superan el valor del vehículo nuevo. Reparar ese auto valdría una fortuna”.
El perito descartó la velocidad como factor del siniestro vial, y lo atribuyó exclusivamente al factor humano. El ingeniero recordó que en ese sector no hay ningún cartel que advierta sobre la presencia de un cruce, y tampoco está marcada la doble línea amarilla. Pero si hay un cartel que dice “Pare” para cuando se viene por el camino de ripio, que obliga a los automovilistas a detenerse antes de ingresar a la ruta. Incluso, se constató que la velocidad del rodado que iba por la ruta era de entre 85 y 95 km/h.
Con todas las pruebas, el juez civil, le dio lugar a la demanda por daños y y perjuicios, y condenó al conductor de la F100 y a aseguradora Agrosalta a pagar los daños materiales y el daño moral. “El conductor del vehículo Ford F100 resulta exclusivamente responsable del siniestro ocurrido”.