2021-12-29

Hay restricciones y excepciones para la circulación de cuatriciclos en el balneario El Cóndor

La Municipalidad de Viedma tiene en vigencia el Decreto 165 que regula por dónde no deben y deben transitar  los cuatriciclos en zonas de playa del balneario El Cóndor.

La zona de playa restringida comprende  la superficie abarcada entre calle 69 y primera bajada del Faro Río Negro denominada Playa Central, así como cualquier tipo de circulación sobre costas en toda su extensión.

Prohibe el acceso, circulación y detención vehicular (automóviles, camionetas, motos y cuatriciclos) en zonas de médanos vegetados o en proceso de fijación comprendidos entre las calles 87 y 59 en sentido de la villa marítima.

La zona de playa habilitada con acceso vehicular comprende la superficie abarcada entre los accesos a playa en calle 71 y calle 87, donde el rodado podrá
circular solamente por el Corredor Seguro delimitado por la Agencia de Seguridad Vial de Viedma.

La libre circulación para automóviles, camionetas, motos y cuatriciclos, comprende la zona del acceso por calle 87 y en sentido Norte, quedando habilitados para uso recreativo los médanos sin vegetación, denominados vulgarmente como “La Olla”, ubicados en la misma dirección y sentido antes
mencionado.

El decreto estipula como Corredor Seguro dentro del ejido urbano los siguientes espacios: Calle 69: desde rotonda de ingreso a la villa marítima hasta su finalización. Calle 20: denominada costanera comprendida entre la primera bajada del faro y calle 87. Calle 8: desde calle 69 hasta el Pescadero.

La Agencia local es la responsable de exigir al conductor que cumpla con la normativa vigente para poder circular por los corredores de circulación segura, resultando indispensable: Contar con Licencia Nacional de Conducir habilitante para la categoría respectiva del vehículo. Comprobante de titularidad de dominio, mediante cédula o título y Comprobante de seguro vigente.

La velocidad máxima dentro del ejido urbano y acceso a playas quedó establecida en 20 kilómetros por hora.

Los cuatriciclos deberán portar una antena de dos metros de largo, con un banderín rojo en la parte superior, que permita su individualización en los terrenos irregulares.

Tratándose de vehículos cuatriciclos no cabinados, la normativa recomienda que el conductor lleve puesta la pechera de protección contra impacto normalizada y calzado de protección que se afirme con seguridad a los pedales.

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