2021-06-09

Cambian las reglas de juego para ingresar al programa Camino a Casa

El grupo familiar deberá acreditar ingresos entre dos a nueve  Sueldos Mínimos Vitales y Móviles (SMVyM) para ser beneficiario del programa Camino a Casa, según el decreto provincial N° 506 emitido recientemente por el gobierno rionegrino.

Esta norma indica que dentro del marco económico actual, es necesario modificar el requisito de los postulantes cambiando los límites de ingresos de los grupos familiares demandantes para acceder al financiamiento de las distintas líneas de acción

Argumenta que en el contexto de emergencia económica y sanitaria que atraviesa el país, el Sistema de Unidad de Vivienda (UVIS) necesita ser adecuado a las distintas realidades de las familias que habitan la Provincia.

El problema que había con los UVIS es que se determina mensualmente a través del índice del costo de la construcción publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), con lo cual ese parámetro se iba muy para arriba en relación a los salarios de los postulantes.

El Programa Camino a Casa tiene la particularidad de que las personas interesadas no tienen que inscribirse en el IPPV de forma individual, sino que canalizan sus demandas a través de las entidades intermedias mencionadas, que poseen terrenos aptos para la ejecución de la infraestructura y así llevar los servicios básicos.

Las alternativas existentes marcan distintos valores, según las diferentes posibilidades que se ofrece a través de este sistema para que los solicitantes puedan escoger y que una vez cumplidos los requisitos establecidos en el programa, se puedan financiar los proyectos de infraestructura y plateas con servicios, red de agua potable y conexiones domiciliarias, red colectora de desagües cloacales y conexiones domiciliarias, red de desagües pluviales, cordón cuneta y badenes, red de gas y conexiones domiciliarias, red eléctrica y de alumbrado público, apertura de calles y enripiado, senderos peatonales y veredas.

Según las normativas vigentes, las entidades deberán presentar ante el organismo provincial la posesión legal y la aptitud técnica urbanística de las tierras donde se construirán los futuros planes de viviendas.

También tendrán que facilitar un listado de beneficiarios y suplentes, los cuales hayan cumplimentado los requisitos de postulantes de las operatorias generales del IPPV.

 

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