2021-05-02

Quieren un hijo, y timbre a jueces para que una obra social de tratamiento

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó un amparo presentado en Viedma que ordenó al Instituto Provincial del Seguro de Salud (Ipross) a brindar a una afiliada la cobertura integral al 100% del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad,  con acceso a las tres prácticas anuales, de acuerdo a lo que dispone la ley de Fertilización Asistida.

El fuero de Familia que resolvió, en primera instancia, consideró que la paciente presentaba “un cuadro de esterilidad de larga data, y que los accionantes han realizado tratamientos de reproducción asistida de baja y alta complejidad, sin resultados positivos”.

Por su parte, la obra social  solo cubría el 50% del tratamiento, incumpliendo lo dispuesto por la ley nacional N° 26.862 en cuanto a la cobertura al ciento por ciento.

El Ipross alegó que como la pareja de la amparista estaba afiliado a la obra social de Comercio (Osecac), la cobertura debía ser de un 50% por cada entidad de salud.

En la sentencia se explicó: “Se observa que la Jueza de amparo al decidir se basó en las garantías constitucionales y supranacionales, así como en los antecedentes jurisprudenciales que han reconocido el derecho a acceder a los tratamientos de fertilidad asistida y la obligación de las obras sociales de dar tal prestación a sus afiliados”.

Continuó: “Además ha sido acreditada la necesidad de lograr una protección de carácter urgente que preserve la salud reproductiva de la amparista ante su imposibilidad de procrear sin asistencia, quedando garantizado desde el bloque de legalidad constitucional el derecho a la salud, el que se encuentra intrínsecamente relacionado con el derecho a la vida”.

Por último, en relación al agravio de la obra social, el STJ afirmó que debe ser desestimado porque la ley obliga a la cobertura integral de los procedimientos de fertilización asistida a toda persona que lo necesite para la obtención de embarazos, y por ello no debería ser impedimento de la cobertura el hecho de que la pareja de la mujer posea cobertura médica.

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