2019-10-10

Filipuzzi llamó a revisar el Código Electoral y de partidos

La presidenta del Tribunal Electoral Provincial lo dijo durante la entrega de diplomas a las autoridades provinciales electas en la Legislatura.

La jueza Sandra Filipuzzi, presidenta del Tribunal Electoral Provincial fue la encargada de las palabras iniciales en la entrega de diplomas a las autoridades electas en Río Negro que se realizó este miércoles en la Legislatura.

Allí Filipuzzi habló de la necesidad de actualizar el Código Electoral y de partidos políticos al tiempo que destacó la proclamación de la primera gobernadora mujer en la historia de Río Negro.

Vale recordar que los diplomas fueron entregados  a los 46 legisladores y legisladoras elegidas por el voto popular, luego al vicegobernador electo, Alejandro Palmieri, y finalmente a Arabella Carreras, quien asumirá el 10 de diciembre como gobernadora.

A la hora de las palabras, Filipuzzi señaló que la llegada de la primera gobernadora es un hito en un camino iniciado por pioneras hacia la igualdad de derechos y oportunidades  “Las mutaciones sociales y políticas realizadas en el siglo XX no se hicieron desde la nada, y la participación de las mujeres en ellas debe entenderse como una larga tradición que hunde sus raíces en un proceso histórico controvertido y desgarrador”, señaló.

En cuanto al otro punto mencionado, manifestó  “la imperiosa necesidad de revisar de forma integral el código electoral y de partidos políticos, Ley O 2431, con el objeto de actualizarla a los principios vigentes y que no habían sido acuñados en la materia a la época de su sanción”.

Puso como ejemplo la necesidad de adecuarse en cuestiones como “la confección de los padrones electorales, en particular para las Comisiones de Fomento, hoy geográficamente indeterminadas a los fines electorales”

Por otro lado, Filipuzzi requirió un aggionarmiento en “la época de convocatoria electoral para dar mayor certeza en cuanto a las fechas; la afiliación política para desalentar con mayor claridad las dobles afiliaciones; la revisión de la cantidad de afiliados que exige la ley para conformar partidos políticos municipales; la problemática de la propaganda y proselitismo partidario en las redes sociales durante la veda; el otorgamiento de mayores precisiones en cuanto a la modalidad de cumplimiento de las campañas electorales y el financiamiento partidario y sus sanciones”.

Para dicho aggiornamiento también agregó  “la determinación de aspectos del debido proceso electoral en cuanto a los plazos y los diversos recursos previstos en la ley; la previsión de la utilización de color para la conformación de las boletas de sufragio; la garantía del llamado voto asistido del elector”.

 

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